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Documento BOE-B-2021-41868

Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2021 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca para 2022 la concesión de subvenciones del "Programa de Inversiones de Empresas Extranjeras en Actividades de I+D"

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2021, páginas 57444 a 57445 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2021-41868

TEXTO

BDNS(Identif.):588890

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/588890)

Primero. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de minimis, las siguientes entidades:

a) Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión.

b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.

2. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa mayor o igual del 10%.

La participación extranjera en el capital de la empresa beneficiaria no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal de acuerdo con la normativa española.

3. En cuanto a los beneficiarios, todos los proyectos y actuaciones definidos podrán realizarse conforme a una de las siguientes modalidades:

a) Proyecto o actuación individual: realizados por una sola entidad siendo ésta cualquiera de las citadas como beneficiarias. Estos proyectos podrán contar, en todo caso, con subcontrataciones, en los términos previstos en el apartado noveno.

b) Proyecto o actuación en cooperación: aquellos en cuyo desarrollo participen más de una empresa de capital extranjero y cuyas relaciones estén formalizadas documentalmente mediante un contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes. Estos proyectos podrán contar con subcontrataciones de acuerdo con lo previsto en el apartado undécimo.

4. La empresa participante deberá cumplir con la no consideración de empresa en crisis.

5. Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y las obligaciones establecidos en el "Documento que Establece las Condiciones de las Ayudas (DECA)" que se adjuntará al Comunicado de Aprobación de la Ayuda.

6. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos y obligaciones recogidos en el artículo 3 de la Orden ICT/575/2019, de 24 de mayo de 2019.

Segundo. Objeto.

Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, bajo el régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones en el ejercicio 2022 para la realización de actuaciones que permitan fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.

El periodo subvencionable comprenderá desde el día 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022 (a las 23,59 horas local de ese día), y se circunscribirá al ámbito geográfico previsto en el apartado Cuarto de la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regula por la Orden ICT/575/2019, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de inversiones de empresas extranjeras en actividades de I+D de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 29 de mayo de 2019.

Cuarto. Importe.

El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros.

La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas en la presente convocatoria será de tres millones de euros (3.000.000 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria. Y se cerrará a los 30 días naturales (a las 23:59 hora local) a contar también desde el día siguiente a la publicación del extracto en el mencionado Boletín.

Madrid, 7 de octubre de 2021.- La Presidenta de ICEX España Exportaciones e Inversiones, E.P.E., P.D. (Resolución de 7 de octubre de 2019 «BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2019), la Consejera Delegada de ICEX España Exportaciones e Inversiones, E.P.E, María Peña Mateos.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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