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Documento BOE-B-2021-52692

Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria abierta de subvenciones para apoyar la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional mediante la financiación de acciones formativas que incluyan compromisos de contratación de personas desempleadas para los años, 2022 y 2023, en el marco del PRTR.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2021, páginas 77680 a 77681 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2021-52692

TEXTO

BDNS(Identif.):602462

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/602462)

Primero. Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.

1.- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:

a) Las empresas de los sectores estratégicos señalados en el artículo 1º.2 con vacantes a cubrir en centros de trabajo radicados en dos o más comunidades autónomas y que adquieran el compromiso de contratación de las personas trabajadoras formadas en el marco de la actividad subvencionada.

b) Las entidades de formación de ámbito estatal que aporten los compromisos de contratación mediante acuerdos o convenios con empresas que efectuarán la contratación de los sectores estratégicos contemplados en el artículo 1º.2 siendo preciso que cada una de las empresas disponga de vacantes a cubrir en centros de trabajo radicados en dos o más comunidades autónomas y que adquieran el compromiso de contratación de las personas trabajadoras formadas.

2. Las empresas y las entidades deberán estar inscritas para la impartición de las acciones incluidas en la solicitud presentada de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo.

3. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con los requisitos del art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.

Las subvenciones que se concedan tienen como objeto apoyar la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional, por falta de perfiles adecuados entre las personas desempleadas inscritas en los servicios públicos de empleo, mediante la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas formativos de ámbito estatal que incluyan compromisos de contratación de trabajadores desempleados para los años 2022 y 2023.

Tercero. Normativa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 61.1 del citado Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta convocatoria recoge las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en la misma, que se tramitarán por el procedimiento de concurrencia no competitiva previsto en el artículo 62 de dicho Real Decreto-ley. Las ayudas que se concedan al amparo de la presente resolución tendrán la consideración de subvenciones públicas y, por lo tanto, se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa vigente de general aplicación. En lo no previsto como bases reguladoras de la convocatoria, será de aplicación la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.

Cuarto. Cuantía.

Los programas de formación se financiarán con cargo al crédito 19.101.240A.482.58 del presupuesto de gastos del SEPE, por un importe de 120.000.000 €. 80.000.000 € para 2022 y 40.000.000 € para 2023.

Esta convocatoria constituye la actuación de "Financiación de acciones formativas que incluyan compromisos de contratación de personas trabajadoras desempleadas", Inversión 3 del Componente 23 del PRTR. Asimismo, es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).

Quinto. Plazos de presentación:

a) Tres plazos en el ejercicio 2022:

1º. Un primer plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE.

2º. Desde el 18 de abril hasta el 27 de mayo de 2022.

3º. Desde el 1 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2022.

b) Dos plazos en el ejercicio 2023:

1º. Desde el 1 de febrero hasta el 14 de marzo de 2023

2º. Desde el 19 de junio hasta el 28 de julio de 2023.

Sexto. Procedimiento de concesión.

En aplicación de lo dispuesto en el art. 62 del Real Decreto-ley 36/2020, las subvenciones se tramitarán según el procedimiento de concurrencia no competitiva. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria para el correspondiente plazo de selección.

Madrid, 23 de diciembre de 2021.- El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal. Gerardo Gutiérrez Ardoy.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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