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Documento BOE-B-2022-28620

Extracto de la Resolución de 12 de septiembre de 2022 de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se convoca la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis de las políticas de inclusión.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 22 de septiembre de 2022, páginas 44463 a 44464 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-B-2022-28620

TEXTO

BDNS(Identif.):647911

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/647911)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser entidades beneficiarias las universidades públicas con sede en el territorio nacional, así como los centros educativos públicos que impartan estudios oficiales de postgrado con sede en el territorio nacional.

No podrán obtener dicha condición las entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Las entidades beneficiarias habrán de reunir las siguientes condiciones de solvencia y eficacia:

Que hayan realizado de modo efectivo actividad educativa en los cinco años anteriores a la solicitud.

Que conste la existencia de alumnado en dicho periodo.

Que dispongan de los medios precisos para el correcto desarrollo de las convocatorias derivadas de las presentes bases.

Segundo. Objeto.

Se convocan subvenciones a universidades y otros centros académicos que impartan estudios oficiales de postgrado, para su distribución en forma de becas a estudiantes para la formación e investigación en el ámbito del análisis de las políticas de inclusión, en régimen de concurrencia competitiva.

Las subvenciones se articulan a través de dos programas de becas:

a) Programa de formación, cuya labor formativa estará relacionada con el trabajo desarrollado por el Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y cuya dotación mensual bruta será la cuantía equivalente al importe del salario mínimo interprofesional incrementado en el diez por ciento.

El ámbito en que se va a desarrollar la actividad del alumnado becario se orientará al apoyo en el impulso de políticas de inclusión social. Las áreas de estudio comprenderán materias pertenecientes a la rama de ciencias sociales y humanidades.

b) Programa de investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado a proyectos específicos relacionados con las actuaciones desarrolladas por la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social en su ámbito competencial y cuya dotación será de 1.600 euros/mes (brutos) por alumno becario.

El ámbito en que se va a desarrollar la actividad del alumnado becario se orientará al procesamiento y análisis de datos que permitan generar información estratégica para la toma de decisiones y aprovechamiento eficiente de los recursos. Las áreas de estudio comprenderán materias estadísticas, probabilidades, matemáticas discretas, ecuaciones diferenciales, optimización, informática, cálculo avanzado, análisis numérico o informática.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden ISM/760/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos, para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis de las políticas de inclusión.

Cuarto. Cuantía.

El importe total máximo para las subvenciones convocadas ascenderá a 150.000 euros, adjudicándose las cuantías individuales en la forma en que se establece en el artículo 5 de orden de bases y artículo 4 de convocatoria de estas subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

La resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 y en los puntos 4 y 8 del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El plazo de presentación de solicitudes será de siete días, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la presente convocatoria.

Las solicitudes deberán presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://sede.inclusion.gob.es/).

Madrid, 12 de septiembre de 2022.- Milagros Paniagua San Martín, Secretaria General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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