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Documento BOE-B-2023-10619

Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a Comunidades Autónomas para actividades e inversiones en equipamientos deportivos en Centros de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva, realizadas en 2023

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2023, páginas 16737 a 16738 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-10619

TEXTO

BDNS(Identif.):687220

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/687220)

Primero: Beneficiarios.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas:

1.- Las CC.AA. y ciudades autónomas que desarrollen programas deportivos de Alto Rendimiento y de Tecnificación Estatal en los CTD y CETD clasificados por el Consejo Superior de Deportes.

2.- Las entidades de derecho público con personalidad jurídica independiente, que estén constituidas como medio propio de las CC.AA., y gestionen para éstas los programas deportivos indicados en el párrafo anterior.

3.- Entidades del sector público en el ámbito autonómico que gestionen para las CC.AA los programas deportivos de Alto Rendimiento y de Tecnificación Estatal en los CTD y CETD clasificados por el Consejo Superior de Deportes.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

Convocar ayudas o subvenciones económicas  a las CC.AA para el desarrollo de Programas Deportivos de Tecnificación Estatal (E) y/o de Alto Rendimiento (AR) clasificados  por el Consejo Superior de Deportes  en cumplimiento de la Resolución de 10 de enero de 2014 (B.O.E. de 23 de enero), por la que se clasifican las instalaciones deportivas y los Programas Deportivos para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición,  en coordinación con las FF.EE y desarrollados en  los Centros de Tecnificación Deportiva y (CTD) Centros Especializados de Tecnificación Deportiva (CETD)

Los gastos que podrán ser subvencionados serán aquellos gastos derivados de los Programas Deportivos de Tecnificación Estatal y de Alto Rendimiento del año 2023 y gastos en equipamiento deportivo directamente relacionado en la ejecución de estos programas.

Tercero: Bases Reguladoras.

La convocatoria se regirá por la presente Resolución, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, y las demás normas vigentes que resulten aplicables.

Cuarto: Cuantía.

El importe de las subvenciones a repartir con cargo a esta convocatoria se fijará atendiendo al presupuesto de los proyectos presentados, a la documentación aportada por los solicitantes y a la disponibilidad de la aplicación presupuestaria:

1.- Para gastos de gestión en los CTD y CETD: Programa 336-A, Capítulo 456.01, por un importe de 2.200.000 €.

2.- A CCAA para equipamiento de centros de tecnificación: Programa 336-A, Capítulo 751.04 por un importe de 1.000.000 €.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la presente Resolución.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del CSD, accesible en la dirección electrónica (nº trámite: 991957)

https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaTramite.aspx?idProcedimiento=56

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada por el representante legal, o persona debidamente autorizada de las entidades beneficiarias.  Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono se efectuará en un solo pago.

La justificación de los fondos percibidos se ajustará a la modalidad de cuenta justificativa, conforme establece el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el plazo de justificación será antes del 1 de abril de 2024.

Madrid, 31 de marzo de 2023.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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