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Documento BOE-B-2024-8820

Extracto de la Orden de 10 de marzo de 2024, por la que se convoca el Premio "Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024"

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 13 de marzo de 2024, páginas 13038 a 13039 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2024-8820

TEXTO

BDNS(Identif.):748506

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/748506)

La Orden APA/379/2023, de 8 de abril, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 93, de 19 de abril, que establece las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España, recoge en su artículo 4.1 que el titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convocará los premios mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.igae.pap.minhap.gob.es y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

Primero. Objeto.

El Premio Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024 tiene como finalidad poner en valor y dar a conocer las bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada Indicación Geográfica (IG).

Segundo. Participantes.

1. Podrán participar en el premio las empresas autorizadas para la elaboración de bebidas espirituosas que tengan su sede situada dentro del territorio nacional.

2. Las bebidas espirituosas participantes serán de elaboración propia del concursante y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG) españolas reconocidas por la Unión Europea. Los elaboradores podrán concursar con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.

Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.

Las solicitudes se dirigirán al ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán, a través del registro electrónico de este Ministerio, en su sede electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es) mediante certificado electrónico válido y compatible con dicha sede electrónica, cumplimentando la información requerida en esta.

Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las solicitudes en dicha sede electrónica asociada o bien presencialmente en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La solicitud y los anexos correspondientes se acompañarán de una memoria, según lo especificado en el anexo III de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" hasta el 26 de abril de 2024, inclusive.

Cuarto. Entrega de muestras.

1. Los elaboradores podrán remitir una única muestra por cada IG. Cada muestra estará compuesta por un mínimo de dos botellas de al menos 500ml.

2. Las muestras se remitirán, a portes pagados, a la sede de la Federación Española de Espirituosos en C/ Velázquez, 64-66 3ª Planta. 28001 Madrid.

3. Las fechas de entrega de las muestras serán del 20 al 24 de mayo, en horario de 9 a 14h.

Madrid, 10 de marzo de 2024.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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