Advertido error en el texto de la Sentencia 2/87, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 35, de 10 de febrero de 1987, se transcribe a continuación la oportuna corrección:
En la página 12, primera columna, párrafo cinco, línea siete, donde dice: «judicial previa», debe decir: «judicial efectiva. Aparte de que, como reiteradamente ha sostenido este Tribunal, no es posible una ampliación sustancial del amparo en trámite de alegaciones, en los presentes recursos, el amparo se concede, entre otras razones, por la no aprobación judicial previa.»
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