Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 199/87 de 16 de diciembre, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 1988, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 13, primera columna, párrafo 2, línea 18, donde dice: «de los delitos que no», debe decir: «de los delitos comprendidos en la propia Ley, delitos que no».
En la página 14, segunda columna, párrafo 2, línea 10, donde dice: «Acciones que podrán», debe decir: «Acciones que podrían».
En la página 15, primera columna, párrafo 2, línea 12, donde dice: «y que el», debe decir: «y que ante el».
En la página 15, segunda columna, párrafo 4, línea 1, donde dice: «Se define la», debe decir: «se defiende la».
En la página 16, primera columna, párrafo 5, línea 3, donde dice: «ción principal un ente procesal», debe decir: «ción principalmente procesal».
En la página 17, segunda columna, párrafo 2, línea 7, donde dice: «autonómico», debe decir: «autónomo».
En la página 21, segunda columna, párrafo 2, línea 3, donde dice: «para firmar», debe decir: «para afirmar».
En la página 20, segunda columna, último párrafo, línea 1, donde dice: «El consecuencia», debe decir: «En consecuencia».
En la página 24, segunda columna, párrafo 2, línea 15, donde dice: «de esa amplitud», debe decir: «que esa amplitud».
En la página 24, primera columna, párrafo 2, línea 2, donde dice: «posibilita», debe decir: «posibilitada».
En la página 24, segunda columna, párrafo 5, línea 5, donde dice: «común objetivo», debe decir: «común motivo».
En la página 26, segunda columna, párrafo 8, línea 13, donde dice: «(SCTC 19/1982.», debe decir: «(SSTC 19/1982.».
En la página 27, primera columna, párrafo 5, línea 10, donde dice: «tiene en cienta», debe decir: «tiene en cuenta».
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