Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 214/1989, de 19 de diciembre de 1989, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 10, de 11 de enero de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 32, primera columna, párrafo 13, línea 5, donde dice: «el reducto Indispensable», debe decir: «el reducto indisponible».
En la página 33, primera columna, párrafo 7, línea 22, donde dice: «se adapta y», debe decir: «se adapta o».
En la página 36, primera columna, párrafo 10, línea 13, donde dice: «no son una "Ley de Bases"», debe decir: «no una "Ley de Bases"».
En la página 39, segunda columna, párrafo 4, línea 4, donde dice: «resulta inconcluso», debe decir: «resulta inconcuso».
En la página 42, primera columna, párrafo 6, línea 2, donde dice: «responden a las características», debe decir: «responden tampoco a las características».
En la página 46, segunda columna, párrafo 4, línea 2, donde dice: «se condena», debe decir: «se condensa».
En la página 47, segunda columna, párrafo 6, línea 5, donde dice: «el Estatuto ostenta», debe decir: «el Estado ostenta».
En la página 53, segunda columna, párrafo 6, línea 5, donde dice: «se infringe», debe decir: «se inflige».
En la página 56, segunda columna, párrafo 6. línea 1, donde dice: «plenamente estabilizado». debe decir: «plenamente estatalizado».
En la página 59, segunda columna, párrafo 7, línea 1, donde dice: «cuenta por que el hecho», debe decir: «cuenta el hecho».
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