( 74/222/CEE )
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Considerando que se ha creado un Comité consultivo sobre las frutas y hortalizas frescas y transformadas por la Decisión de la Comisión , de 18 de julio de 1962 (1) , cuyo texto ha sido sustituido por las Decisiones de 15 de mayo de 1970 (2) y de 31 de octubre de 1973 (3) ;
Considerando que resulta necesaria una nueva modificación del texto ,
DECIDE :
Artículo 1
El artículo 3 del texto del artículo 1 de la Decisión de la Comisión de 31 de octubre de 1973 relativa al Comité consultivo de frutas y hortalizas frescas y transformadas se modifica de la forma siguiente :
« Artículo 3
1 . El Comité estará compuesto por 42 miembros .
2 . Los puestos se distribuirán de la forma siguiente :
- quince para los productores de frutas y hortalizas ,
- seis para las cooperativas de frutas y hortalizas ,
- cinco para las industrias de transformación de los productos agrícolas y alimenticios , a razón de :
- dos para las industrias de conservas de hortalizas ,
- tres para las industrias de confituras , conservas de frutas e industrias de zumos de frutas y hortalizas ,
- seis para el comercio de frutas y hortalizas frescas y transformadas ,
- cinco para los trabajadores agrícolas y los trabajadores de la alimentación ,
- cinco para los consumidores . »
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 29 de marzo de 1974 .
Hecho en Bruselas , el 29 de marzo de 1974 .
Por la Comisión
El Presidente
François-Xavier ORTOLI
(1) DO n º 72 de 8 . 8 . 1962 , p. 2032/62 .
(2) DO n º L 121 de 4 . 6 . 1970 , p. 16 .
(3) DO n º L 355 de 24 . 12 . 1973 , p. 46 .
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