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Documento DOUE-L-1978-80205

Reglamento (CEE) nº 1570/78 de la Comisión, de 4 de julio de 1978, sobre modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2742/75 en lo referente a las restituciones a la producción para los productos amiláceos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 2026/75.

Publicado en:
«DOCE» núm. 185, de 7 de julio de 1978, páginas 22 a 25 (4 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1978-80205

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 04/07/1978
  • Fecha de publicación: 07/07/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 22/07/1978
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 6, por Reglamento 3817/85, de 30 de diciembre (Ref. DOUE-L-1985-81267).
  • SE AÑADE un párrafo al art. 6, por Reglamento 801/83, de 6 de abril (Ref. DOUE-L-1983-80109).
  • SE COMPLETA el art. 6, por Reglamento 3480/80, de 30 de diciembre (Ref. DOUE-L-1980-80542).
  • SE SUSTITUYE el art. 1.3, por Reglamento 1893/80, de 16 de julio (Ref. DOUE-L-1980-80240).
  • SE MODIFICA el art. 1.4, por Reglamento 1802/78, de 28 de julio (Ref. DOUE-L-1978-80239).
Referencias anteriores
  • DEROGA el Reglamento 2026/75, de 4 de agosto (DOCE L 206, de 5.8.1975).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2742/75, de 29 de octubre (Ref. DOUE-L-1975-80234).
  • CITA Reglamento 223/77, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1977-80034).
Materias
  • Agrupaciones de productores agrarios
  • Almidón
  • Arroz
  • Cereales
  • Harinas
  • Maíz
  • Normas de calidad
  • Productos alimenticios
  • Sémolas
  • Trigo

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