REGLAMENTO ( CEE ) N º 3011/79 DE LA COMISION
por el que se fijan los coeficientes para el cálculo de las exacciones reguladoras de los productos derivados en el sector de la carne de aves de corral y por el que se deroga el Reglamento ( CEE ) n º 199/67/CEE
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2777/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral (1) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 369/76 (2) y , en particular , el apartado 3 de su artículo 5 ,
Considerando que en el Reglamento ( CEE ) n º 2778/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2299/77 (4) , se han establecido las normas para el cálculo de la exacción reguladora y del precio de esclusa aplicables en el sector de la carne de aves de corral ;
Considerando que en el Reglamento n º 199/67/CEE de la Comisión (5) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2700/78 (6) , se han fijado los coeficientes que reflejan la relación contemplada en el apartado 1 del artículo 5 del Reglamento ( CEE ) n º 2777/75 ;
Considerando que los coeficientes se han calculado habida cuenta de la relación de peso existente entre los distintos productos derivados y las aves de corral sacrificados , así como de la relación media existente entre sus respectivos valores comerciales ;
Considerando que en la revisión anual de los datos , efectuada de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento ( CEE ) n º 2777/75 , se comprueban modificaciones sustanciales de los mismos ; que , por consiguiente , es conveniente modificar algunos de los coeficientes actualmente aplicados ;
Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 2917/79 del Consejo (7) ha subdividido la subpartida 16.02 B I del arancel aduanero común para tener en cuenta las presentaciones comerciales nuevas en el mercado ; que es necesario fijar un coeficiente para dichos productos ;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de aves de corral y de los huevos ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
Los coeficientes que reflejan la relación contemplada en el apartado 1 del artículo 5 del Reglamento ( CEE ) n º 2777/75 se fijan en el Anexo .
Artículo 2
Las denominaciones utilizadas en el presente Reglamento para designar las distintas presentaciones comerciales de las aves de corral sacrificadas corresponden a las del Reglamento ( CEE ) n º 2778/75 .
Artículo 3
Queda derogado el Reglamento n º 199/67/CEE .
Artículo 4
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1980 .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y
directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1979 .
Por la Comisión
Finn GUNDELACH
Vicepresidente
(1) DO n º L 282 de 1 . 11 . 1975 , p. 77 .
(2) DO n º L 45 de 21 . 2 . 1976 , p. 3 .
(3) DO n º L 282 de 1 . 11 . 1975 , p. 84 .
(4) DO n º L 271 de 22 . 10 . 1977 , p. 1 .
(5) DO n º 134 de 30 . 6 . 1967 , p. 2831/67 .
(6) DO n º L 324 de 18 . 11 . 1978 , p. 25 .
(7) DO n º L 329 de 24 . 12 . 1979 , p. 16 .
ANEXO
Número del arancel aduanero común Denominación de los productos derivados Coeficientes Denominación de los productos seleccionados para la derivación
1 2 3 4
01.05 Aves de corral , vivas :
B . Las demás
I . gallos , gallinas y pollos 0,70 Pollos 70 %
II . patos 0,70 Patos 70 %
III . ocas 0,70 Ocas 82 %
IV . pavos 0,70 Pavos sacrificados
V . pintadas 0,70 Pintadas sacrificadas
02.02 B . Partes de aves ( distintas de los despojos ) :
I . deshuesadas 2,00 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
II . sin deshuesar
a ) mitades o cuartos
1 . de gallos , gallinas y pollos 1,10 Pollos 65 %
2 . de patos 1,10 Patos 63 %
3 . de ocas 1,10 Ocas 75 %
4 . de pavos 1,10 Pavos sacrificados
5 . de pintadas 1,10 Pintadas sacrificadas
b ) alas enteras incluso sin la punta 0,65 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados
c ) troncos ; cuellos ; troncos con cuellos ; rabadillas ; puntas de alas 0,45 % Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
d ) pechugas y trozos de pechugas :
1 . de ocas 1,50 Ocas 75 %
2 . de pavos 1,60 Pavos sacrificados
3 . de otras aves de corral 1,65 Pollos 70 %
e ) muslos contramuslos y sus trozos :
1 . de ocas 1,45 Ocas 75 %
2 . de pavos
aa ) muslos y trozos de muslos 0,75 Pavos sacrificados
bb ) los demás 1,35 Pavos sacrificados
3 . de otras aves de corral 1,55 Pollos 70 %
f ) las demás 2,00 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
C . Despojos 0,45 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
Número del arancel aduanero común Denominación de los productos derivados Coeficientes Denominación de los productos seleccionados para la derivación
1 2 3 4
02.03 Hígados de ave , frescos , refrigerados , congelados , salados o en salmuera :
A . Hígados de oca o de pato 10,00 Ocas 82 %
B . Las demás 1,15 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
02.05 Tocino , con exclusión del que tenga partes magras ( entreverado ) , grasas de cerdo y grasas de ave de corral sin prensar ni fundir , ni extraídas por medio de disolventes , frescos , refrigerados , congelados , salados o en salmuera , secos o ahumados :
C . Grasas de aves de corral 1,00 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
15.01 Manteca , otras grasas de cerdo y grasas de aves de corral , prensadas , fundidas o extraídas por medio de disolventes :
B . Grasas de aves 1,20 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
16.02 Otros preparados y conservas de carnes o de despojos comestibles :
B . Los demás :
I . de aves :
a ) que contengan en peso el 57 % o más de carne de aves (a) :
1 . que contengan carne o despojos comestibles , sin cocer ; mezclas de carne o de despojos comestibles cocidos , y de carnes o de despojos comestibles , sin cocer :
aa ) que contengan exclusivamente carne de pavo 2,00 Pavos sacrificados
bb ) los demás 2,00 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pintadas sacrificadas
2 . Los demás 2,20 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
b ) que contengan en peso el 25 % o más de carne de aves , pero sin llegar al 57 % (a) 1,20 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
c ) Los demás 0,70 Pollos 70 % , patos 70 % , ocas 75 % , pavos sacrificados , pintadas sacrificadas
(a) Para la determinación del porcentaje de carne de aves de corral no se tendrá en cuenta el peso de los huesos .
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