REGLAMENTO ( CEE ) N º 42/84 DE LA COMISION
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2727/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 , sobre organización común de mercados en el sector de los cereales (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1451/82 (2) y , en particular , el apartado 5 de su artículo 7 ,
Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1569/77 de la Comisión , de 11 de julio de 1977 (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1912/82 (4) , ha previsto , en el apartado 4 de su artículo 3 , que el pago de las mercancías vendidas a la intervención debe efectuarse en el plazo más corto posible después del almacenamiento ; que la aplicación de dicha disposición ha conducido a prácticas divergentes entre los Estados miembros a la vez que hace particularmente atractivas , en determinados casos , las aportaciones a la intervención ; que , en el interés de la buena gestión del mercado , es adecuado , en consecuencia , modificar dicha disposición previendo que el pago tenga lugar una vez transcurrido un plazo determinado ;
Considerando que el Comité de gestión de los cereales no ha emitido dictamen
en el plazo establecido por su presidente ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
El apartado 4 del artículo 3 del Reglamento ( CEE ) n º 1569/77 se sustituirá por el texto siguiente :
« 4 . El pago se efectuará entre el día ciento veinte y el ciento cuarenta siguiente al del almacenamiento . »
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
Será aplicable al pago de los productos ofrecidos a la intervención a partir de la fecha de su entrada en vigor .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 6 de enero de 1984 .
Por la Comisión
El Presidente
Gaston THORN
(1) DO n º L 281 de 1 . 11 . 1975 , p. 1 .
(2) DO n º L 164 de 14 . 6 . 1982 , p. 1 .
(3) DO n º L 174 de 14 . 7 . 1977 , p. 15 .
(4) DO n º L 208 de 16 . 7 . 1982 , p. 50 .
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