REGLAMENTO ( CEE ) N º 711/84 DE LA COMISION
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece la organización común de mercados en el sector de
la leche y de los productos lácteos (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1600/83 (2) , y , en particular , el apartado 7 del artículo 6 ,
Considerando que el apartado 3 del artículo 17 del Reglamento ( CEE ) n º 262/79 de la Comisión (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 430/84 (4) , prevé que , si la cantidad de mantequilla disponible en el almacén es inferior a la indicada en la oferta ; la licitación se atribuirá únicamente para la cantidad disponible ; que , a fin de permitir al licitador obtener la totalidad de la cantidad de mantequilla indicada en la oferta , resulta conveniente prever la posibilidad por el organismo de intervención , de acuerdo con el licitador , de designar otros almacenes para alcanzar la cantidad solicitada ; que resulta conveniente , en consecuencia , adaptar dicho artículo ;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
En el apartado 3 del artículo 17 del Reglamento ( CEE ) n º 262/79 se añadirá el párrafo siguiente :
« No obstante lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 14 , el organismo de intervención , de acuerdo con el licitador , podrá designar otros depósitos para alcanzar la cantidad que figura en la oferta . »
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 19 de marzo de 1984 .
Por la Comisión
Poul DALSAGER
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 13 .
(2) DO n º L 163 de 22 . 6 . 1983 , p. 56 .
(3) DO n º L 41 de 16 . 2 . 1979 , p. 1 .
(4) DO n º L 51 de 22 . 2 . 1984 , p. 6 .
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