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Documento DOUE-L-1984-80278

Convenio relativo a la adhesión de la República Helénica al Convenio sobre la ley aplicable, a las obligaciones contractuales abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980.

Publicado en:
«DOCE» núm. 146, de 31 de mayo de 1984, páginas 1 a 6 (6 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80278

TEXTO ORIGINAL

( 84/297/CEE )

LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA ,

CONSIDERANDO que la Republica Helénica , al convertirse en miembro de la Comunidad , se ha comprometido a adherirse al Convenio sobre la ley

aplicable a las obligaciones contractuales abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980 ,

HAN DECIDIDO celebrar el presente Convenio y han designado con tal fin como plenipotenciarios :

SU MAJESTAD EL REY DE LOS BELGAS :

Paul DE KEERSMAEKER ,

Secretario de Estado para Asuntos Europeos y Agricultura ,

adjunto al Ministro de Asuntos Exteriores

SU MAJESTAD LA REINA DE DINAMARCA :

Uffe ELLEMANN-JENSEN ,

Ministro de Asuntos Exteriores de Dinamarca

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA :

Hans-Werner LAUTENSCHLAGER ,

Ministro adjunto para Asuntos Exteriores de la Republica Federal de Alemania

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA HELENICA :

Theodores PANGALOS ,

Secretario de Estado para Asuntos Exteriores de la Republica Helénica

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA FRANCESA :

Roland DUMAS ,

Ministro de Asuntos Europeos de la Republica Francesa

EL PRESIDENTE DE IRLANDA :

Peter BARRY ,

Ministro de Asuntos Exteriores de Irlanda

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ITALIANA :

Giulio ANDREOTTI ,

Ministro de Asuntos Exteriores de la Republica Italiana

SU ALTEZA REAL EL GRAN DUQUE DE LUXEMBURGO :

Colette FLESH ,

Ministro de Asuntos Exteriores del Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo

SU MAJESTAD LA REINA DE LOS PAISES BAJOS :

W.F . van EEKELEN ,

Secretaria de Estado para Asuntos Exteriores de los Paises Bajos

H.J.CH . RUTTEN ,

Embajador extraordinario y plenipotenciario , representante permanente de los Paises Bajos

SU MAJESTAD LA REINA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETANA E IRLANDA DEL NORTE :

The Right Hounourable Sir Geoffrey HOWE Q.C . , M.P ,

Secretario de Estado para Asuntos Exteriores y para la Commonwealth

QUIENES , reunidos en el seno del Consejo después de haber intercambiado sus plenos poderes reconocidos en buena y debida forma ,

HAN CONVENIDO LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES :

Articulo 1

La Republica Helénica se adhiere al Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980 .

Articulo 2

El Secretario General del Consejo de las Comunidades Europeas remitira al gobierno de la Republica Helénica una copia certificada conforme del

Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales en las lenguas alemana , inglesa , danesa , francesa , irlandesa , italiana y holandesa .

El texto del Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales redactado en lengua griega figura como Anexo al presente Convenio . El texto redactado en lengua griega es auténtico en las mismas condiciones que los otros textos del Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales .

Articulo 3

El presente Convenio sera ratificado por los Estados signatarios . Los instrumentos de ratificacion se depositaran ante el Secretario General del Consejo de las Comunidades Europeas .

Articulo 4

El presente Convenio entrara en vigor , en las relaciones entre los Estados que lo hayan ratificado , el primer dia del tercer mes siguiente al deposito del ultimo instrumento de ratificacion por la Republica Helénica y siete Estados que hayan ratificado el Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales .

El presente Convenio entrara en vigor para cada Estado contratante que lo ratifique ulteriormente el primer dia del tercer mes siguiente al deposito de su instrumento de ratificacion .

Articulo 5

El Secretario General del Consejo de las Comunidades Europeas notificara a los Estados signatarios :

a ) el deposito de todo instrumento de ratificacion ,

b ) las fechas de entrada en vigor del presente Convenio para los Estados contratantes .

Articulo 6

El presente Convenio , redactado en un ejemplar unico en las lenguas alemana , danesa , francesa , griega , irlandesa , italiana y holandesa , siendo los ocho textos , igualmente auténticos se depositara en los archivos de la Secretaria General del Consejo de las Comunidades Europeas . El Secretario General remitira una copia certificada conforme a cada uno de los gobiernos de los Estados signatarios .

Til bekraeftelse heraf har undertegnede behoerigt befuldmaegtigede underskrevet denne konvention .

Zu Urkund dessen haben die hierzu gehoerig befugten unterzeichneten Bevollmaechtigten ihre Unterschriften unter diese Uebereinkommen gesetzt .

In witness whereof the undersigned plenipotentiaries , being duly authorized theretho , have hereunto set their hands .

En foi de quoi , les plénipotentiaires soussignés , dûment autorisés à cet effet , ont apposé leurs signatures au bas de la présente convention .

Da fhianu sin , chuir na Lanchumhachtaigh thios-sinithe , arna n-udaru go cui chuige sin , a lamh leis an gCoinbhinsiun seo .

In fede di che , i plenipotenziari sottoscritti , debitamente a ciò autorizzati , hanno apposto le loro firme alla presente convenzione .

Ten blijke waarvan de ondergetekenden , daartoe behoorlijk gemachtigd , hun handtekening onder dit Verdrag hebben geplaatst .

Udfaerdiget i Luxembourg , den tiende april nitten hundrede og fireogfirs .

Geschehen zu Luxemburg am zehnten April neunzehnhundertvierundachtzig .

Done at Luxembourg , on the tenth day of April in the year one thousand nine hundred and eighty-four .

Fait à Luxembourg , le dix avril mil neuf cent quatre-vingt-quatre .

Arna dhéanamh i Lucsamburg , an deichiu la de mhi Aibreain , sa bhliain mile naoi gcéad ochto a ceathair .

Fatto a Lussemburgo , addi dieci aprile millenovecentottantaquattro .

Gedaan te Luxemburg , de tiende april negentienhonderd vierentachtig .

Pour Sa Majesté le roi des Belges

Voor Zijne Majesteit de Koning der Belgen

For Hendes Majestaet Danmarks Dronning

Fuer den Praesidenten der Bundesrepublik Deutschland

Pour le président de la République françise

Thar ceann Uachtaran na hEireann

Per il presidente della Repubblica italiana

Pour Son Altesse Royale le grand-duc de Luxembourg

Voor Hare Majesteit de Koningin der Nederlanden

For Her Majesty the Queen of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 10/04/1984
  • Fecha de publicación: 31/05/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los Anexos, por Directiva 91/662, de 6 de diciembre (Ref. DOUE-L-1991-82008).
Referencias anteriores
  • ADHESIÓN de la República Helénica al Convenio de 19 de junio de 1980 (Ref. DOUE-L-1980-80371).
Materias
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  • Ley
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