Está Vd. en

Documento DOUE-L-1985-80528

Reglamento (CEE) nº 1821/85 de la Comisión, de 1 de julio de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1767/82 que establece las modalidades de aplicación de las exacciones reguladoras específicas a la importación para determinados productos lácteos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 172, de 2 de julio de 1985, páginas 6 a 6 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80528

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, sobre la organización común de mercado en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1298/85 (2), y en particular el apartado 7 de su artículo 14,

Considerando que, en el Anexo IV del Reglamento (CEE) nº 1767/82 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1363/85 (4), figuran, entre otras, las denominaciones de los organismos emisores de certificados IMA 1 que acompañan a las mercancías importadas a la Comunidad;

Considerando que, en lo que respecta a Noruega, este país ha comunidado que su organismo emisor dejó de ser el "Norske Meieriers Salgssentral", para ser actualmente el "Norske Meierier"; que es, por lo tanto, necesario modificar dicha denominación;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se atienen al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo IV del Reglamento (CEE) nº 1767/82, en la rúbrica "Noruega", en la columna "denominación de los organismos emisores", los términos "Norske Meieriers Salgssentral" se sustituirán por los términos "Norske Meierier".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 1985.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 137 de 27. 5. 1985, p. 5.

(3) DO nº L 196 de 5. 7. 1982, p. 1.

(4) DO nº L 139 de 27. 5. 1985, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 01/07/1985
  • Fecha de publicación: 02/07/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 02/07/1985
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo IV del Reglamento 1767/82, de 1 de julio (Ref. DOUE-L-1982-80252).
Materias
  • Certificaciones
  • Comercio extracomunitario
  • Exacciones a la importación
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Queso

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid