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Documento DOUE-L-1985-81117

Reglamento (CEE) nº 3620/85 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3267/85 relativo al transporte y a la venta, para su utilización en la alimentación animal en determinadas regiones de Francia afectadas por la sequía de cereales en poder del organismo de intervención francés.

Publicado en:
«DOCE» núm. 344, de 21 de diciembre de 1985, páginas 46 a 47 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-81117

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 3620/85 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2727/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de los cereales (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1018/84 (2) , y , en particular , el apartado 5 de su artículo 7 ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 3247/81 del Consejo , de 9 de noviembre de 1981 , relativo a la financiación por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía , sección « Garantía » , de determinadas medidas de intervención y , en particular , de las consistentes en la compra , almacenamiento y venta de productos agrícolas por parte de los organismos de intervención (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2139/85 (4) , y , en particular , el apartado 1 de su artículo 5 ,

Considerando que el artículo 3 del Reglamento ( CEE ) n º 2738/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 , por el que se establecen las normas generales de intervención en el sector de los cereales (5) , dispone que los cereales en poder del organismo de intervención se pondrán a la venta por el sistema de licitación ;

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1836/82 de la Comisión , de 7 de julio de 1982 (6) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 1806/85 (7) , establece los procedimientos y condiciones para poner a la venta los cereales en poder de los organismos de intervención ;

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 3267/85 de la Comisión (8) ha previsto la venta , para su utilización en la alimentación animal en treinta y seis departamentos franceses víctimas de la sequía del verano de 1985 , de 200 000 toneladas de cebada en poder el organismo de intervención francés ;

Considerando que , en su Comunicación de 2 de diciembre de 1985 , Francia ha informado a la Comisión de que otros tres departamentos han sido declarados víctimas de las condiciones climatológicas desfavorables del verano de 1985 y ha solicitado que se beneficien asimismo de la medida prevista en el Reglamento ( CEE ) n º 3267/85 ; que procede acceder a tal solicitud y modificar el Anexo del citado Reglamento ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Se sustituye el Anexo del Reglamento ( CEE ) n º 3267/85 por el Anexo del presente Reglamento .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 281 de 1 . 11 . 1975 , p. 1 .

(2) DO n º L 107 de 19 . 4 . 1984 , p. 1 .

(3) DO n º L 327 de 14 . 11 . 1981 , p. 1 .

(4) DO n º L 199 de 31 . 7 . 1985 , p. 13 .

(5) DO n º L 281 de 1 . 11 . 1975 , p. 49 .

(6) DO n º L 202 de 9 . 7 . 1982 , p. 23 .

(7) DO n º L 169 de 29 . 6 . 1985 , p. 73 .

(8) DO n º L 311 de 22 . 11 . 1985 , p. 27 .

ANEXO

Lista de los departamentos destinatarios de los cereales

Dordogne

Gironde

Lot-et-Garonne

Landes

Pyrénées-Atlantiques

Puy-de-Dôme

Allier

Cantal

Haute-Loire

Lozère

Gard

Hérault

Aude

Pyrénées-Orientales

Haute-Vienne

Creuse

Corrèze

Lot

Aveyron

Tarn

Tarn-et-Garonne

Gers

Haute-Garonne

Ariège

Hautes-Pyrénées

Côte-d'Or

Nièvre

Saône-et-Loire

Cher

Indre

Charente

Charente-Maritime

Vienne

Loire

Haute-Corse

Corse-du-Sud

Deux-Sèvres

Rhône

Yonne

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/12/1985
  • Fecha de publicación: 21/12/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/1985
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo del Reglamento 3267/85, de 21 de noviembre (Ref. DOUE-L-1985-80946).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Cereales
  • Comercialización
  • Francia
  • Gastos
  • Organismo de intervención
  • Sequías
  • Transportes
  • Venta

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