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Documento DOUE-L-1986-80888

Reglamento (CEE) nº 1838/86 del Consejo, de 12 de junio de 1986, que modifica el Anexo IV del Reglamento (CEE) nº 426/86, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 159, de 14 de junio de 1986, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-80888

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 426/86 del Consejo, de 24 de febrero de 1986, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 15,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el artículo 15 de dicho Reglamento establece, para determinados productos, un sistema de licencias de importación; que procede ampliar dicho sistema a otros productos que se han convertido en productos especialmente sensibles en la situación actual del mercado,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los productos enumerados en el Anexo se añadirán a los productos que aparecen en el Anexo IV del Reglamento (CEE) no 426/86.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 16 de junio de 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 12 de junio de 1986.

Por el Consejo

El Presidente

P. WINSEMIUS

ANEXO

1.2 // // // Número del arancel aduanero común // Designación de la

mercancía // // // ex 07.02 B // Guisantes (cocidos o sin cocer), congelados // ex 20.07 A III B II a) 6 B II b) 7 // Jugo de cereza // //

(1) DO no L 49 de 27. 2. 1986, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 12/06/1986
  • Fecha de publicación: 14/06/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 16/06/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2201/96, de 28 de octubre; (Ref. DOUE-L-1996-81920).
  • Fecha de derogación: 21/11/1996
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo IV del Reglamento 426/86, de 24 de febrero (Ref. DOUE-L-1986-80122).
Materias
  • Frutos de hueso
  • Importaciones
  • Leguminosas
  • Zumos de frutas

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