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Documento DOUE-L-1986-81497

Reglamento (CEE) nº 3213/86 de la Comisión, de 22 de octubre de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2329/85 relativo a las modalidades de aplicación de las medidas especiales para las semillas de soja.

Publicado en:
«DOCE» núm. 299, de 23 de octubre de 1986, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-81497

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1491/85 del Consejo, de 23 de mayo de 1985, por el que se prevén medidas especiales para las semillas de soja (1), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 2,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2329/85 de la Comisión (2), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2468/86 (3), precisa en su Anexo A los coeficientes de equivalencia de las semillas de soja procedentes de los terceros países; que es conveniente ajustar dichos coeficientes para tener en cuenta la evolución de la calidad y de los precios en el mercado mundial;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo A del Reglamento (CEE) no 2329/85 por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de octubre de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 151 de 10. 6. 1985, p. 15.

(2) DO no L 218 de 15. 8. 1985, p. 16.

(3) DO no L 211 de 1. 8. 1986, p. 18.

ANEXO

« ANEXO A

Coeficiente de equivalencia de las semillas de soja

(En ECUS/100 kg)

1.2.3 // // // // // Importe que deberá deducirse del precio // Importe que deberá añadirse al precio // // // // Semillas de soja procedentes de los Estados Unidos de América // 0,46 // - // Semillas de soja procedentes de Argentina // 1,04 // - // Semillas de soja procedentes de los demás terceros países // 1,15 // - » // // //

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 22/10/1986
  • Fecha de publicación: 23/10/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 23/10/1986
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo a del Reglamento 2329/85, de 12 de agosto (Ref. DOUE-L-1985-80695).
Materias
  • Ayudas
  • Precios
  • Semillas
  • Soja

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