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Documento DOUE-L-1986-82155

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 103/76 del Consejo, de 19 de enero de 1976, por el que se establecen las normas comunes de comercialización para ciertos pescados frescos o refrigerados, tal como ha sido modificado por el Acta relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados.

Publicado en:
«DOCE» núm. 266, de 18 de septiembre de 1986, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-82155

TEXTO ORIGINAL

En la página 236, punto 2: en el Anexo B del Reglamento, el texto que figura como « Merluzas » deberá leerse como sigue:

« kg/pieza

Talla 1 de 2,5 en adelante

Talla 2 de 1,2 a 2,5 excluido

Talla 3 de 0,6 a 1,2 excluido

Talla 4 a) de 0,2 a 0,6 excluido

b) de 0,15 a 0,6 excluido para las merluzas del Mediterráneo »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/09/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 103/76, de 19 de enero (Ref. DOUE-L-1976-80021).
Materias
  • Comercialización
  • Embalajes
  • Etiquetas
  • Pescado

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