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Documento DOUE-L-1987-80053

Directiva del Consejo, de 18 de diciembre de 1986, por la que se modifica por cuarta vez la Directiva 70/357/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros referentes a las sustancias con efecto antioxidante y que pueden ser empleadas en los productos destinados a la alimentación humana.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 24, de 27 de enero de 1987, páginas 41 a 41 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80053

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 100,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el artículo 2 de la Directiva 70/357/CEE (1), modificada en último lugar por la Directiva 81/962/CEE (2), permite a los Estados miembros autorizar en su territorio el uso en los productos alimenticios del etileno diamino-tetra-acetato de calcio disódico hasta el 31 de diciembre de 1986;

Considerando que la Comisión presentó una propuesta para modificar dicha Directiva;

Considerando que parece necesario mientras tanto prorrogar con carácter transitorio la facultad otorgada a los Estados miembros en el apartado 1 del artículo 2 de dicha Directiva para autorizar el uso de la sustancia en cuestión;

Considerando que dicha medida no implica, en uno o varios Estados miembros, una modificación de disposiciones legislativas,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

En el apartado 1 del artículo 2 de la Directiva 70/357/CEE, la fecha de 31 de diciembre de 1986 se sustituirá por la de 31 de diciembre de 1988.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1986.

Por el Consejo

El Presidente

H. JOPLING

(1) DO no L 157 de 18. 7. 1970, p. 31.

(2) DO no L 354 de 9. 12. 1981, p. 22.

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 18/12/1986
  • Fecha de publicación: 27/01/1987
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 95/2, de 20 de febrero (Ref. DOUE-L-1995-80242).
  • Fecha de derogación: 25/03/1995
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.1 de la Directiva 70/357, de 13 de julio (Ref. DOUE-L-1970-80063).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentación
  • Mecanismo Complementario para Intercambios

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