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Documento DOUE-L-1989-81872

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 2011/89 del Consejo, de 19 de junio de 1989, relativo a la aplicación de la Decisión núm. 1/89 de la Comisión mixta CEE-AELC "Simplificación de las formalidades" por la que se modifica el Anexo II del Convenio relativo a la simplificación de las formalidades en los intercambios de mercancías y a la aplicación de la Decisión núm. 1/89 de la Comisión mixta CEE-AELC "Transito común" por la que se modifican los apendices I, II y III del Convenio relativo a un régimen común de tránsito.

Publicado en:
«DOCE» núm. 312, de 27 de octubre de 1989, páginas 62 a 62 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-81872

TEXTO ORIGINAL

Decisión nº 1/89 de la Comisión mixta CEE-AELC - « Tránsito común », de 3 de mayo de 1989, por la que se modifican los apéndices I, II y III del convenio, de 20 de mayo de 1987, relativo a un régimen común de tránsito

En la página 5, artículo 2, punto 2):

En el mero artículo 8 bis:

en lugar de: « que las empresas cuyas escrituras se basen en un sistema integrado »,

léase: « que las empresas cuyos documentos se basen en un sistema integrado ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/10/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2011/89, de 19 de junio (Ref. DOUE-L-1989-80730).
  • CORRIGE errores en el apéndice II del Convenio aprobado por Decisión 87/415, de 15 de junio (Ref. DOUE-L-1987-81037).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aduanas
  • Asociación Europea de Libre Cambio
  • Austria
  • Exportaciones
  • Finlandia
  • Importaciones
  • Islandia
  • Noruega
  • Suecia
  • Suiza

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