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Documento DOUE-L-1990-81951

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 1502/90 de la Comisión, de 1 de junio de 1990, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1767/82 por lo que respecta a la adaptación de los valores franco frontera y al ajuste de las exacciones reguladoras especiales a la importación de determinados quesos durante la campaña lechera de 1990/91.

Publicado en:
«DOCE» núm. 151, de 15 de junio de 1990, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-81951

TEXTO ORIGINAL

- Página 5, artículo 1, apartado 2, en el cuadro, letra o), columna « Designación de la mercancía »:

en lugar de: « Kashkaval »

léase: « Kashkaval fabricado a partir de leche de oveja, con una maduración de al menos dos meses, con un contenido máximo en materia grasa en peso de la materia seca del 45 % y con un contenido mínimo en peso de materia seca del 58 %, en ruedas cubierta o no de material plástico de un peso neto máximo de 10 kg ».

- Página 6, artículo 1, aparatado 2, en el cuadro, letra u), columna « Codigo NC »:

en lugar de: « ex 0406 90 86 »

léase: « ex 0406 90 89 »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/06/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1502/90, de 1 de junio (Ref. DOUE-L-1990-80665).
  • CORRIGE errores en el anexo I del Reglamento 1767/82, de 1 de julio (Ref. DOUE-L-1982-80252).
Materias
  • Importaciones
  • Productos lácteos
  • Queso

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