LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 3920/90 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 17,
Considerando que la lista de los mercados representativos portugueses, neerlandeses y españoles adoptada en el Reglamento (CEE) nº 827/90 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1760/90 (4), debe modificarse con arreglo a los últimos datos comunicados por los dos Estados miembros de que se trata;
Considerando que las disposiciones previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1
La parte de la lista de los Anexos del Reglamento (CEE) nº 827/90 correspondiente a Portugal, Países Bajos y España, se modifica como se indica en el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 1991. Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión (1) DO nº L 118 de 20. 5. 1972, p. 1. (2) DO nº L 375 de 31. 12. 1990, p. 17. (3) DO nº L 86 de 31. 3. 1990, p. 13. (4) DO nº L 162 de 28. 6. 1990, p. 24.
ANEXO
MODIFICACION DE LA LISTA DE LOS MERCADOS REPRESENTATIVOS DE LA PRODUCCION QUE FIGURAN EN LOS ANEXOS DEL REGLAMENTO (CEE) Nº 827/90
ANEXO I
COLIFLORES
Portugal:
- Oeste
Países Bajos:
- Delft-Westerlee
- West Friesland-Oost en Langedijk
- Zuid-Holland Zuid
ANEXO II
TOMATES
Portugal:
- Algarve
- Oeste
Países Bajos:
- De Kring
- Delft-Westerlee
- Zuid-Oost-Nederland
ANEXO III
BERENJENAS
Portugal:
- Algarve
Países Bajos:
- De Kring
- Delft-Westerlee
- Westland-West
ANEXO IV
MELOCOTONES Y NECTARINAS
Portugal:
- Cova da Beira
- Montargil
- Ribatejo
- Oeste
España:
- Huesca
ANEXO V
ALBARICOQUES
Portugal:
- Alenquer
- Algarve
ANEXO VI
LIMONES
Portugal:
- Algarve
- Oeste
ANEXO VII
PERAS
Portugal:
- Oeste
- Cova da Beira
Países Bajos:
- Geldermalsen
- Zuid-Oost-Nederland
- West-Friesland-Oost en Langedijk
ANEXO VIII
UVAS DE MESA
Portugal:
- Alenquer
- Moura
- Ferreira do Alentejo
- Algarve
ANEXO IX
MANZANAS
Portugal:
- Oeste
- Cova da Beira
- Guarda
- Viseu
Países Bajos:
- Centrale Veiling Zeeland
- Geldermalsen
- Utrecht
ANEXO X
MANDARINAS
Portugal:
- Algarve
ANEXO XI
NARANJAS DULCES
Portugal:
- Algarve
- Santiago do Cacém
ANEXO XII
SATSUMAS
Portugal:
- Algarve
ANEXO XIII
CLEMENTINAS
Portugal:
- Alcácer do Sal
- Algarve
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