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Documento DOUE-L-1991-81671

Reglamento (CEE) nº 3302/91 del Consejo, de 11 de noviembre de 1991, por el que se retira a Yugoslavia de las listas de beneficiarios del esquema comunitario de preferencias arancelarias generalizadas para 1991.

Publicado en:
«DOCE» núm. 315, de 15 de noviembre de 1991, páginas 46 a 46 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-81671

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Considerando que no se ha respetado el llamamiento hecho por la Comunidad Europea y sus Estados miembros, reunidos en el marco de la cooperación política europea, el 6 de octubre de 1991 en Haarzuilens, con vistas a respetar el acuerdo de alto el fuego concluido el 4 de octubre de 1991 en La Haya;

Considerando que la situación existente en Yugoslavia no permite mantener por más tiempo a este país en las listas de los beneficiarios de las preferencias arancelarias generalizadas;

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La mención «Yugoslavia» se retirará de las listas que figuran en los Anexos de los Reglamentos (CEE) nos 3831/90 (1), 3832/90 (2) y 3833/90 (3) del Consejo.

Artículo 2

El artículo 1 no se aplicará a los productos originarios de Yugoslavia que sean importados en la Comunidad antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de noviembre de 1991.

Por el Consejo

El Presidente

H. J. SIMONS

(1) DO no L 370 de 31. 12. 1990, p. 1.(2) DO no L 370 de 31. 12. 1990, p. 39.(3) DO no L 370 de 31. 12. 1990, p. 86.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 11/11/1991
  • Fecha de publicación: 15/11/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 15/11/1991
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • los Anexos De:.
    • los Anexos del Reglamento 3833/90, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-1990-81870).
    • los Anexos por Reglamento 3832/90, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-1990-81869).
    • los Anexos por Reglamento 3831/90, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-1990-81868).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • República Socialista Federativa de Yugoslavia

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