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Documento DOUE-L-1992-81262

Reglamento (CEE) nº 2176/92 de la Comisión, de 30 de julio de 1992, por el que se completa el Anexo A del Reglamento (CEE) nº 1164/89 relativo a las disposiciones de aplicación de la ayuda para el lino y el cáñamo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 217, de 31 de julio de 1992, páginas 70 a 70 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-81262

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1308/70 del Consejo, de 29 de junio de 1970, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lino y del cáñamo (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2057/92 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 4,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1164/89 de la Comisión (3) incluye en su Anexo A una lista de las variedades de lino destinadas principalmente a la producción de fibras, con objeto de poder distinguir dichas variedades de las destinadas principalmente a la producción de semillas; que, como consecuencia de la utilización de nuevas variedades de lino destinadas principalmente a la producción de fibras, es preciso completar dicho Anexo;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del lino y del cáñamo,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo A del Reglamento (CEE) no 1164/89, se añaden las siguientes variedades:

« Argos », « Bertelin », « Evelin », « Hermes » y « Nike ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de agosto de 1992. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 146 de 4. 7. 1970, p. 1. (2) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 16. (3) DO no L 121 de 29. 4. 1989, p. 4.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/07/1992
  • Fecha de publicación: 31/07/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 01/08/1992
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 94/2002, de 18 de enero; (Ref. DOUE-L-2002-80074).
  • Fecha de derogación: 26/01/2002
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo a del Reglamento 1164/89, de 28 de abril (Ref. DOUE-L-1989-80382).
Materias
  • Ayudas
  • Cáñamo
  • Fibras textiles
  • Lino

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