LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 638/93 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,
Considerando que el Anexo del Reglamento (CEE) no 3596/90 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 1107/91 (4), establece normas de calidad para los melocotones y las nectarinas;
Considerando que tales normas establecen la obligación de cumplir una escala de calibrado; que el calibre del grupo D ha dejado de ajustarse a los requisitos de producción y comercialización, excepto en el caso de las variedades tempranas;
Considerando que es preciso modificar las citadas normas en consecuencia;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de frutas y hortalizas,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Anexo del Reglamento (CEE) no 3596/90 se modificará como sigue:
En la parte III, « Disposiciones relativas al calibrado », se añadirá el siguiente texto como segunda sección debajo de la escala de calibrado:
« El calibre D (de 51 mm inc. 56 mm exc. de diámetro o de 16 cm inc. a 17,5 cm exc. de circunferencia) únicamente estará autorizado durante el período comprendido entre el comienzo del período de comercialización y el 30 de junio. »
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Para la campaña de comercialización de 1993, será aplicable a partir del 1 de mayo de 1993.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 13 de mayo de 1993.
Por la Comisión
René STEICHEN
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 118 de 20. 5. 1972, p. 1.
(2) DO no L 69 de 20. 3. 1993, p. 7.
(3) DO no L 350 de 14. 12. 1990, p. 38.
(4) DO no L 110 de 1. 5. 1991, p. 63.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid