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Documento DOUE-L-1993-81472

Decisión de la Comisión, de 28 de julio de 1993, relativa a los modelos de presentación de los programas nacionales previstos en el artículo 17 de la Directiva 91/271/CEE del Consejo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 226, de 7 de septiembre de 1993, páginas 23 a 55 (33 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-81472

TEXTO ORIGINAL

(93/481/CEE)LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (1) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 17,

Considerando que los Estados miembros deben preparar un informe sobre su programa nacional para la aplicación de la Directiva 91/271/CEE basándose en los modelos elaborados por la Comisión, con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 18 de la Directiva;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité previsto en el artículo 18 de la Directiva,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Se aprueban los modelos que figuran en el Anexo.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 1993.

Por la Comisión

Yannis PALEOKRASSAS

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 135 de 30. 5. 1991, p. 40.

ANEXO

AGLOMERACIONES Mencionadas en la Directiva 91/271/EEG (artículos de 2 a 7) Número (N) de aglomeraciones (apartado 4 del artículo 2) y carga expresada en equivalente habitante (EH punto 6 del artículo 2) Situación a 31 de diciembre de 1992 INVENTARIO BASICO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 1

/ Cuadros: Véase DO /

AGLOMERACIONES Mencionadas en la Directiva 91/271/CEE (artículos 2 a 7) Número (N) de aglomeraciones (apartado 4 del artículo 2) y carga expresada en equivalente habitante (EH, apartado 6 del artículo 2)

Situación a 31 de diciembre de 1992 CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8 DEL ARTICULO 5

INVENTARIO BASICO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 1 bis

/ Cuadros: Véase DO /

SISTEMAS COLECTORES Mencionadas en el artículo 3 Número y capacidad de los sistemas « considerados conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 INVENTARIO DE LA CAPTACION

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2

/ Cuadros: Véase DO /

SISTEMAS COLECTORES Mencionados en el artículo 3 Número y capacidad de los sistemas « considerados conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8 DEL ARTICULO 5

INVENTARIO DE LA CAPTACION

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS NORMALES A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.1

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.1 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS NORMALES B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.2

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8 DEL ARTICULO 5

SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.2 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS SENSIBLES APARTADO 1 DEL ARTICULO 5 A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.3

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS SENSIBLES (APARTADO 1 DEL ARTICULO 5) B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.4

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS MENOS SENSIBLES (ARTICULO 6) A. ESTUARIOS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.5

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 3 EN LAS ZONAS MENOS SENSIBLES (ARTICULO 6) B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de los sistemas colectores « considerados conformes » (1) a finales del año correspondiente SISTEMAS COLECTORES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 2.6

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamientos mencionados en los artículos 4 y 6 Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamiento mencionado en el artículo 4 Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 CASO CONTEMPLADO EN EL

APARTADO 8 DEL ARTICULO 5

INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 EN LAS ZONAS NORMALES A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.1

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8 DEL ARTICULO 5

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.1 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 EN LAS ZONAS NORMALES B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.2

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO

EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

INSTALACIONES

DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.2 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 EN LAS ZONAS SENSIBLES A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.3

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 4 EN LAS ZONAS SENSIBLES B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.4

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DE LOS ARTICULOS 4 Y 6 EN LAS ZONAS MENOS SENSIBLES A. ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES

DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.5

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DE LOS ARTICULOS 4 Y 6 EN LAS ZONAS MENOS SENSIBLES B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES

DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 3.6

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamiento mencionado en el apartado 2 del artículo 5 Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

APARTADO 2 DEL ARTICULO 5

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamiento mencionado en el apartado 2 del artículo 5 Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a 31 de diciembre de 1992 CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

APARTADO 2 DEL ARTICULO 5

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL PARRAFO 2 DEL ARTICULO 5 EN LAS ZONAS SENSIBLES

A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES

DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4.1

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL APARTADO 2 DEL ARTICULO 5 A. AGUAS DULCES Y ESTUARIOS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO

8 DEL ARTICULO 5

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4.1 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL APARTADO 2 DEL ARTICULO 5 EN LAS ZONAS SENSIBLES B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE

TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4.2

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL APARTADO 2 DEL ARTICULO 5 B. AGUAS COSTERAS Número y capacidad de las instalaciones « consideradas conformes » (1) a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 4.2 bis

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamiento mencionado en el apartado 4 del artículo 5 Situación a finales del año correspondiente INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

APARTADO 4 DEL ARTICULO 5

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 5

/ Cuadros: Véase DO /

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Tratamiento mencionado en el apartado 4 del artículo 5 Situación a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

INVENTARIO DEL TRATAMIENTO

APARTADO 4 DEL ARTICULO 5 ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 5 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL APARTADO 4 DEL ARTICULO 5 EN CADA ZONA SENSIBLE Situación a finales del año correspondiente INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 5.1

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL APARTADO 4 DEL ARTICULO 5 Situación a finales del año correspondiente CASO CONTEMPLADO EN EL APARTADO 8

DEL ARTICULO 5

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 5.1 bis

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DEL ARTICULO 14 ELIMINACION Y APROVECHAMIENTO DE LOS LODOS DE DEPURACION Cantidad expresada en toneladas de materia seca/año Coste en ecus/tonelada de materia seca (1) LODOS

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 6

/ Cuadros: Véase DO /

PROGRAMA DE APLICACION DE LA DIRECTIVA 91/271/CEE Importes (en millones de ecus) y tipo de programas de inversión Inversiones acumuladas, a partir del 1 de enero de 1993, a precios de 1993 INVERSIONES

ESTADO MIEMBRO:

CUADRO 7

/ Cuadros: Véase DO /

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/07/1993
  • Fecha de publicación: 07/09/1993
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 17 de la Directiva 91/271, de 21 de mayo (Ref. DOUE-L-1991-80646).
Materias
  • Aguas
  • Contaminación de las aguas
  • Medio ambiente
  • Programas

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