Está Vd. en

Documento DOUE-L-1993-82479

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 3953/92 del Consejo, de 21 de diciembre de 1992, relativo al régimen aplicable a las importaciones en la Comunidad de productos originarios de las Republicas de Bosnia-Herzegovina, de Croacia y de Eslovenia y del Territorio de la República Yugoslava de Macedonia.

Publicado en:
«DOCE» núm. 92, de 16 de abril de 1993, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82479

TEXTO ORIGINAL

En la página 10, Anexo B, código NC 1806 20 95, tercera columna,

añádase: «MOB

máx 27%

+ ADS/Z».

En la página 12, Anexo B, código NC 2105, tercera columna,

en lugar de: «máx 27%

+ ADS/Z»,

léase: «MOB

máx 27%

+ ADS/Z».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 16/04/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3953/92, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-1992-82259).
Materias
  • Bosnia Herzegovina
  • Croacia
  • Eslovenia
  • Importaciones
  • Macedonia
  • Mercancías

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid