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Documento DOUE-L-1994-80704

Decisión de la Comisión, de 5 de mayo de 1994, que modifica la Decisión 94/85/CE por la que se establece una lista de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan importaciones de carnes frescas de aves de corral.

Publicado en:
«DOCE» núm. 131, de 26 de mayo de 1994, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80704

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/494/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1991, sobre las condiciones de policía sanitaria a las que deben ajustarse los intercambios intracomunitarios y las importaciones de carnes frescas de aves de corral procedentes de países terceros (1), modificada en último lugar por la Directiva 93/121/CE (2), y en particular su artículo 9,

Considerando que la Decisión 94/85/CE de la Comisión (3) establece una lista de terceros países desde los cuales está autorizada la importación de carnes frescas de aves de corral;

Considerando que se han recibido garantías escritas de determinados terceros países; que el examen de esas garantías muestra que esos países cumplen los requisitos de la Comunidad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

El Anexo de la Decisión 94/85/CE de la Comisión queda modificado como sigue:

1) La frase siguiente, se inserta después de la palabra « Anexo »:

« La lista siguiente tiene carácter provisional y las importaciones deberán cumplir las condiciones de sanidad pública y animal pertinentes ».

2) Las líneas siguientes se insertan, con arreglo al orden alfabético del código ISO:

« CN China (República Popular de) HR Croacia KR Corea (República de) LI Lituania TR Turquía ».

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de julio de 1994.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 268 de 24. 9. 1991, p. 35.

(2) DO no L 340 de 31. 12. 1993, p. 39.

(3) DO no L 44 de 17. 2. 1994, p. 31.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 05/05/1994
  • Fecha de publicación: 26/05/1994
  • Aplicable desde El 1 de julio de 1994.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo de la Decisión 94/85, de 16 de febrero (Ref. DOUE-L-1994-80187).
Materias
  • Aves
  • Carnes
  • Importaciones
  • Sanidad veterinaria

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