LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Acto de adhesión de 1994,
Visto el Reglamento (CEE) nº 2052/88 del Consejo, de 24 de junio de 1988, relativo a las funciones de los Fondos con finalidad estructural y a su eficacia, así como a la coordinación entre sí de sus intervenciones, con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3193/94, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,
Considerando que, mediante la Decisión 94/169/CE la Comisión estableció para el período 1994-1996 una primera lista de las zonas industriales en declive contempladas en el objetivo no 2 definido en el Reglamento (CEE) nº 2052/88, modificado, para los Estados miembros de la Comunidad Europea en su composición anterior al 1 de enero de 1995;
Considerando que la Comisión, mediante la Decisión 95/47/CE, modificó la lista antes citada para ampliarla a Austria y a Finlandia;
Considerando que los trabajos técnicos para la determinación de las zonas del objetivo nº 2 de Suecia ya han finalizado y que conviene elaborar la lista de las zonas correspondientes a ese país;
Considerando que el apartado 6 del artículo 9 del Reglamento (CEE) nº 2052/88, modificado, establece, con carácter excepcional, que la Comisión puede aceptar una solicitud de Austria, de Finlandia o de Suecia relativa a la planificación y aplicación de las ayudas del objetivo nº 2 para todo el período de 1995-1999 ; que Suecia ha solicitado que se aplique esa disposición y, por consiguiente, la lista de ese Estado miembro abarcará el período 1995-1999 ;
Considerando que ha sido consultado el Comité consultivo de desarrollo y reconversión de las regiones,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
En el Anexo de la Decisión 94/169/CE se añade la parte aneja a la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 10 de mayo de 1995.
Por la Comisión
Monika WULF-MATHIES
Miembro de la Comisión
ANEXO
LISTA DE ZONAS BENEFICIARIAS DEL OBJETIVO Nº 2 (1995-1999)
SUECIA
Nº Zonas beneficiarias
NUTS Región de nivel III
III Toda la región de Solamente son
nivel III con beneficiarias las
excepción de siguientes zonas de
la región de nivel III
Zonas afectadas por la reestructuración de sectores industriales básicos
1 Värmlands län « Kommuner »:
Hagfors
Munkfors
Filipstad
Stofors
Kristinchamn (excluida
la isla de Vålön)
2 Örebro län « Kommuner »:
Degerfors
Karlskoga
Hällefors
Ljusnarsberg
Nora
Lindesberg
3 Västmanlands län « Kommuner »:
Fagersta
Norberg
Hallstahammar
Surahammar
Skinnskatteberg
4 Kopparbergs län « Kommuner »:
Ludvika
Smedjebacken
Borlänge
Avesta
Hedemora
Säter
5 Gävleborgs län « Kommuner »:
Sandviken
Hofors
6 Norrbottens län « Kommuner »:
Luleå (excluidas las
islas de Brändön,
Sandön, Altappen,
Junkön, Degerön,
Kälkholmen, Långön,
Hindersön)
Boden (con exclusión de
församlingarna Edefors,
Gunnarsbyn)
Piteå (con exclusión de
« f.d.
kyrkobokföringsdistriktet»
: Markbygden)
7 Västerbottens län « Kommun »:
Skellefteå (con exclusión
de församlingarna
of Fällfors, Jörn,
Kalvträsk)
8 Västemorrlands län « Kommuner »:
Kramfors
Härnösand (excluidas las
islas de Hemsön, Lungön)
Örnsköldsvik (con
exclusión de
« församlingarna » :
Anundsjö, Björna, Skorped,
Trehörningsjö y de las
islas de: Ulvön, Malmön/
Trysunda)
9 Göteborgs och « Kommuner »:
Bohus län Uddevalla
Lysekil (excluidas las
islas de Stora Kornö,
Lilla Kornö)
10 lvsborgs län « Kommuner » :
Trollhättan
Vänersborg
11 Blekinge län « Kommun »
Karlskrona, och öarna
Hanö, Tárnö, Bokö,
Saltärna, Yttre Ekö
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid