LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/493/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y a la puesta en el mercado de los productos pesqueros, cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, en particular, su artículo 11,
Considerando que un equipo de expertos de la Comisión ha viajado a Japón para estudiar las condiciones de producción, almacenamiento y envío de los productos de la pesca destinados a la Comunidad;
Considerando que las disposiciones de la legislación de Japón en materia de inspección y control sanitario de los productos de la pesca pueden considerarse equivalentes a las contenidas en la Directiva 91/493/CEE ;
Considerando que el « Ministry of Health and Welfare - Veterinary Sanitary Division (MHW-VSD)», que es la autoridad competente en Japón, está en condiciones de comprobar eficazmente la aplicación de la legislación vigente ;
Considerando que las modalidades de certificación contempladas en la letra a) del apartado 4 del artículo 11 de la Directiva 91/493/CEE incluyen el establecimiento de un modelo de certificado, la lengua en que debe estar redactado y el cargo del firmante ;
Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del apartado 4 del artículo 11 de la Directiva 91/493/CEE, es necesario estampar en los embalajes de productos de la pesca una marca con el nombre del tercer país y el número de autorización del establecimiento de origen ;
Considerando que, con arreglo a la letra c) del apartado 4 del artículo 11 de la Directiva 91/493/CEE, es necesario elaborar una lista de establecimientos autorizados ; que dicha lista debe basarse en una comunicación del MHW-VSD a la Comisión; que, por lo tanto, corresponde al MHW-VSD velar por el cumplimiento de las disposiciones del apartado 4 del artículo 11 de la Directiva 91/493/CEE;
Considerando que el MHW - VSD ha ofrecido oficialmente garantías en cuanto al cumplimiento de las normas que figuran en el capítulo V del Anexo de la Directiva 91/493/CEE y al de requisitos equivalentes a los de dicha Directiva para la autorización de los establecimientos ;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
El « Ministry of Health and Welfare - Veterinary Sanitary Division (MHW-VSD) » será reconocido como la autoridad competente en Japón para comprobar y certificar la conformidad de los productos de la pesca con los requisitos de la Directiva 91/493/CEE.
Artículo 2
Los productos de la pesca y de la acuicultura originarios de Japón deberán cumplir las condiciones siguientes:
1) cada envío deberá ir acompañado del original numerado de un certificado sanitario, debidamente cumplimentado, fechado y firmado, constituido por una sola hoja y acorde con el modelo del Anexo A;
2) los productos deberán proceder de establecimientos autorizados que figuren en la lista del Anexo B ;
3) cada uno de los embalajes, salvo en el caso de los productos de la pesca congelados a granel y destinados a la fabricación de conservas, deberá llevar escrito con tinta indeleble el nombre «Japón» y el número de autorización del establecimiento de origen.
Artículo 3
1. El certificado contemplado en el punto 1 del artículo 2 deberá estar redactado por lo menos en una de las lenguas oficiales del Estado miembro en el que se efectúe el control.
2. En el certificado deberán figurar, en un color distinto del de las demás indicaciones, el nombre y apellidos, el cargo y la firma del representante del MHW-VSD así como el sello oficial de este organismo.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 1995.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
ANEXO A
CERTIFICADO SANITARIO
relativo a los productos de la pesca y de la acuicultura originarios de Japón y destinados a la Comunidad Europea, con excepción de los moluscos bivalvos, los equinodermos, los tunicados y los gasterópodos marinos bajo cualquier forma
Nº de referencia:...........................
País expedidor: Japón
Autoridad competente: «Ministry of Health and Welfare - Veterinary
Sanitary Division (MHW-VSD)»
I. Identificación de los productos
Descripción del producto: de la pesca o de la acuicultura(1):
- Especies (nombre científico):.....................................
- Estado(2) y naturaleza del tratamiento:...........................
Número de código (cuando proceda):..................................
Tipo de embalaje:...................................................
Número de unidades de embalaje:.....................................
Peso neto:..........................................................
Temperatura de almacenamiento y de transporte requerida:............
II. Origen de los productos
Nombre y número de autorización oficial de los establecimientos
autorizados por el MHW-VSD para la exportación a la CE:............
....................................................................
....................................................................
....................................................................
....................................................................
....................................................................
III. Destino de los productos
Los productos de la pesca o de la acuicultura (1) se envían
de:.................................................................
(lugar de procedencia)
a:..................................................................
(país y lugar de destino)
por el medio de transporte siguiente:...............................
Nombre, apellidos y dirección del expedidor:........................
....................................................................
....................................................................
Nombre y apellidos del destinatario y dirección del lugar de destino
:...................................................................
....................................................................
(1) Táchese lo que no proceda.
(2) Vivos, refrigerados, congelados, salados, ahumados, en conserva, etc.
IV. Certificado sanitario
El inspector oficial certifica que los productos de la pesca o de la acuicultura mencionados
1) han sido capturados y manipulados a bordo de los buques conforme a las normas de higiene establecidas en la Directiva 92/48/CEE;
2) han sido desembarcados, manipulados y, en su caso, embalados, preparados, transformados, congelados, descongelados y almacenados de forma higiénica en
cumplimiento de los requisitos de los capítulos II, III y IV del Anexo de la Directiva 91/493/CEE;
3) han pasado un control sanitario con arreglo al capítulo V del Anexo de la Directiva 91/493/CEE;
4) han sido embalados, identificados, almacenados y transportados de conformidad con los capítulos VI, VII y VIII del Anexo de la Directiva 91/493/CEE;
5) no proceden de especies tóxicas o que contengan biotoxinas;
6) cumplen los criterios organolépticos, parasitológicos, químicos y microbiológicos fijados para determinadas categorías de productos de la pesca por la Directiva 91/493/CEE y por sus decisiones de aplicación.
El inspector oficial firmante declara tener conocimiento de las disposiciones previstas en las Directivas 91/493/CEE y 92/48/CEE.
En.................................a....................................
(lugar) (fecha)
Sello ......................................................
oficial(2) firma del inspector oficial(1)
..............................................
(nombre y apellidos en mayúsculas, cargo y
cualificación)
1) El color del sello oficial y de la firma debe ser distinto del de las demás indicaciones del certificado.
ANEXO B
LISTA DE ESTABLECIMIENTOS
Número de Establecimiento Dirección
autorización
0452001 Kyokuyo Shokuhin Co., Ltd Shiogama-shi,
No 2 Plant Miyagi 985
0951001 Taiyo Sea-Foods Co., Ltd Utsunomiya-shi,
Tochigi 321-32
2260001 YK. Takaei Okitsu Kojo Shimizu-shi,
Shizuoka 424-02
2831001 Nippon Suisan Kaisha, Ltd Hirneji-shi,
Himeji General Plant Hyogo 670
2866001 Yamasa Kamaboko Co., Ltd Shikama-gun,
Yumesaki No 2 Factory Hyogo 671-21
3404001 Osaki Suisan Co., Ltd Hiroshima-shi,
Hiroshima 733
3404002 CS Kyowareizou Co., Ltd Hiroshima-shi,
Hiroshima 733
2801001 CS Nippon Suisan Kaisha, Ltd Kobe-shi,
Rokko Island Cold Store Hyogo 658
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