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Documento DOUE-L-1996-80509

Reglamento (CE) núm. 596/96 de la Comisión, de 2 de abril de 1996, que rectifica el Reglamento (CEE) núm. 584/92 por el que se establecen las normas de aplicación en el sector de la leche y de los productos lácteos del régimen previsto en los acuerdos interinos de asociación entre la Comunidad y la República de Polonia, la República Federativa Checa y Eslovaca y la República de Hungría.

Publicado en:
«DOCE» núm. 84, de 3 de abril de 1996, páginas 37 a 38 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-80509

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3491/93 del Consejo, de 13 de diciembre de 1993, relativo a ciertas modalidades de aplicación del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungría, por otra, y, en particular, su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) n° 3066/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establecen ciertas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y la adaptación autónoma y transitoria de ciertas concesiones agrícolas previstas en los Acuerdos europeos a fin de tener en cuenta el Acuerdo de agricultura celebrado en el marco de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 3066/95 establece, a título autónomo y transitorio, medidas de adaptación de las concesiones agrícolas contempladas en los Acuerdos europeos celebrados entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y, por otra, respectivamente, la República de Polonia, la República de Hungría, la República Checa y la República Eslovaca para el período que va del 1 de enero de 1996 hasta la entrada en vigor de los Protocolos adicionales de los acuerdos europeos que se celebrarán como consecuencia de las negociaciones en curso con esos países;

Considerando que el Reglamento (CEE) n° 584/92 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el

Reglamento (CE) n° 193/96 (4), adopta las normas de aplicación del régimen previsto por dichos acuerdos en lo que respecta al sector de la leche y de los productos lácteos;

Considerando que con las modificaciones introducidas por el Reglamento (CE) n° 193/96 se deslizó un error en los puntos 1 y 2 de la parte C del Anexo I del Reglamento (CEE) n° 584/92; que por ello es necesario rectificar este último Reglamento con efectos desde el 1 de enero de 1996;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo I del Reglamento (CEE) n° 584/92, el texto de la parte C se sustituirá por el que figura en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable desde el 1 de enero de 1996.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de abril de 1996.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

«C. PRODUCTOS ORIGINARIOS DE HUNGRIA

1. Derecho de aduana reducido en un 80%

----------------------------------------------------------

| Código NC |Productos |

----------------------------------------------------------

| ex 0406 90 86 |Balaton, Cream-white, Hajdu, Marvany, |

|ex 0406 90 87 |Ovari, Panoonia, Trappista, Bakony, |

|ex 0406 90 88 |Bacskai, Ban, queso Delicaci "Moson", |

| |queso Delicaci "Pelso", Goya, queso con|

| |formas de jamón, Karavan, Lajta, |

| |Parenyica, Sed, Tihany |

----------------------------------------------------------

(en toneladas)

----------------------------------------------------------

| Del 1 de julio |Del 1 de julio de |Del 1 de julio de |

|de 1993 al 30 de|1994 al 30 de junio|1995 al 30 de junio|

|junio de 1994 |de 1995 |de 1996 |

----------------------------------------------------------

| 1 200 |1 300 |1 400 |

----------------------------------------------------------

2. Derecho de aduana reducido en un 80%

--------------------------------------------------------

| Código NC |Productos |Del 1 de |

| | |enero al 30|

| | |de junio de|

| | |1996 |

--------------------------------------------------------

| ex 0406 90 86 |Balaton, Cream-white, |250 |

|ex 0406 90 87 |Hajdu, Marvany, Ovari, | |

|ex 040690 88 |Pannonia, Trappista; | |

| |Bakony, Bacskai, Ban, | |

| |queso Delicaci "Moson", | |

| |queso Delicaci "Pelso", | |

| |Goya, queso con formas de| |

| |jamón, Karavan, Lajta, | |

| |Parenyica, Sed, Tihany | |

--------------------------------------------------------

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 02/04/1996
  • Fecha de publicación: 03/04/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 03/04/1996
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1996.
Referencias anteriores
Materias
  • Eslovaquia
  • Hungría
  • Leche
  • Polonia
  • Productos lácteos
  • República Checa

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