LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas especiales en favor de las islas Canarias, relativas a determinados productos agrícolas, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2537/95 de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 4,
Considerando que los importes de las ayudas para el suministro de productos del sector de la carne de porcino a las islas Canarias se fijaron en el Reglamento (CE) n° 1487/95 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CE) n° 2951/95;
Considerando que, con el fin de desarrollar la capacidad productiva del archipiélago y satisfacer la creciente demanda local, procede incrementar el número de reproductores de raza pura;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Anexo III del Reglamento (CE) n° 1487/95 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 4 de junio de 1996.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
ANEXO
«ANEXO III
Suministro a las islas Canarias de reproductores de raza pura de la especie porcina originarios de la Comunidad durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1995 y el 30 de junio de 1996
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|Código NC |Designación de la |Número de |Ayuda |
| | mercancía | animales por | (ecus por|
| | | suministrar | cabeza) |
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|0103 10 00 |Reproductores de | | |
| | raza pura de la | | |
| | especie porcina(1): | | |
| |- machos |160 |483 |
| |- hembras |4 000 |423 |
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|(1) La inclusión en esta subpartida se supeditará a las |
|condiciones previstas en las disposiciones comunitarias |
|dictadas en la materia |
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