Está Vd. en

Documento DOUE-L-1996-80893

Reglamento (CE) núm. 1102/96 de la Comisión, de 19 de junio de 1996, por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1474/95 y se fijan las cantidades disponibles para las solicitudes presentadas a partir del 15 de mayo de 1996.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 146, de 20 de junio de 1996, páginas 30 a 31 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-80893

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2771/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se definen las condiciones de aplicación de las medidas de salvaguardia en el sector de los huevos, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2916/95 de la Comisión(3), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3, el apartado 1 de su artículo 6 y de su artículo 15,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2783/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, relativo al régimen de intercambios para la ovoalbúmina y la lactoalbúmina, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2916/95 y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2, el apartado 1 de su artículo 4 y su artículo 10,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 1474/95 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 573/96, ha abierto, en el sector de los huevos, contingentes arancelarios para la ovoalbúmina como consecuencia de los acuerdos celebrados en virtud de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay;

Considerando que el Reglamento (CE) n° 1095/96 fija nuevos contingentes para el período comprendido entre el

1 de julio de 1995 y el 30 de junio de 1996; que conviene, pues, modificar los contingentes establecidos en el Reglamento (CE) n° 1474/95;

Considerando que el Reglamento (CE) n° 573/96 fija el 15 de mayo de 1996 como fecha del inicio de la presentación de solicitudes del último trimestre del período comprendido entre el 1 de julio de 1995 y el 30 de junio de 1996; que conviene fijar las cantidades disponibles para esas solicitudes, así como el período de validez de los certificados que de ellos resulten;

Considerando que las disposiciones del presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los huevos y de la carne de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo I del Reglamento (CE) n° 1474/95 se sustituirá por el Anexo I del presente Reglamento.

Artículo 2

Las cantidades disponibles para las solicitudes presentadas entre el 15 y el 24 de mayo de 1996 se fijan en el Anexo II del presente Reglamento.

Artículo 3

Los certificados expedidos para las solicitudes mencionadas en el artículo 2 serán válidos hasta el 31 de agosto de 1996.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el 15 de mayo de 1996.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de junio de 1996.

Por 1a Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO I

«ANEXO I

-----------------------------------------------------------------

| | | |(en toneladas) |

-----------------------------------------------------------------

|Número de |Código NC |Derecho del AAC |Contingentes |

|grupo | | aplicable (en | arancelarios del|

| | | ecus/tonelada de | 1.7.l995 al |

| | | peso de producto) | 30.6.1996 |

-----------------------------------------------------------------

|E1 |0407 00 30 |152 |82 651 |

-----------------------------------------------------------------

|E2 |0408 11 80 |711 | |

| |0408 19 81 |310 | |

| |0408 19 89 |331 |6 553 (1) |

| |0408 91 80 |687 | |

| |0408 99 80 |176 | |

-----------------------------------------------------------------

|E3 |3502 10 91 |617 |8 863 (1) |

| |3502 10 99 |83 | |

-----------------------------------------------------------------

| (1) Equivalentes de huevos con cáscara. |

| Conversiones según los índices globales de rendimiento fijados|

| en el Anexo 77 del Reglamento (CEE) nº 2454/93 (DO nº L 253 de|

| 11. 10. 1993,p.1) |

-----------------------------------------------------------------

ANEXO II

--------------------------------------------------

| |(en toneladas) |

--------------------------------------------------

|Número de grupo |Cantidades disponibles |

--------------------------------------------------

|E1 |82 614 |

--------------------------------------------------

|E2 |1 526 |

--------------------------------------------------

|E3 |8 119 |

--------------------------------------------------

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/06/1996
  • Fecha de publicación: 20/06/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 15/05/1996
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 593/2004, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-2004-80585).
  • Fecha de derogación: 20/04/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOCE L 148, de 21 de junio de 1996 (Ref. DOUE-L-1996-80915).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo I del Reglamento 1474/95, de 28 de junio (Ref. DOUE-L-1995-80802).
Materias
  • Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT
  • Certificaciones
  • Contingentes arancelarios
  • Huevos
  • Importaciones
  • Productos alimenticios
  • Productos avícolas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid