(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 169 de 8 de julio de 1996)
En la página 1, en el cuarto considerando, líneas 6 y 7:
en lugar de: «referentes a los sistemas, componentes y unidades»,
léase: «referente a los sistemas, a los componentes y a las unidades».
En la página 2:
en el artículo 3, en el cuadro, segunda y tercera columnas:
en lugar de: «95/... /CE | L»,
léase: «96/27/CE ( L 169 de 8.7.1996, p. 1»;
En el artículo 4, línea 11:
en lugar de: «viajero»,
léase: «ocupante».
En la página 6, en el apéndice 1, punto 9.12.1:
en lugar de: «del organismo responsable»,
léase: «del servicio técnico».
En la página 6, en el apéndice 1, en el punto 9.12.1, la tercera línea se sustituirá por el texto siguiente:
«(R = asiento derecho, C = asiento central, L = asiento izquierdo)».
En la página 7, en el apéndice 2, punto 9:
en lugar de: «las autoridades competentes»,
léase: «la autoridad encargada de la homologación».
En la página 14, en el apéndice 1:
en el punto 7.1.3:
en lugar de: «Los dos canales de medida del esfuerzo sobre la pelvis deberán ajustarse»,
léase: «En el canal de medida del esfuerzo sobre la pelvis deberá ajustarse»;
en el punto 7.1.4:
en lugar de: «Los dos canales de medida»,
léase: «Los canales de medida».
En la página 18, en el punto 2.3.13:
en lugar de: «350 +/- 20 mm»,
léase: «330 +/- 20 mm».
En la página 36, en el apéndice 4, punto 2.1 :
en lugar de: «de modo que sostenga la pierna exclusivamente cuando ésta esté extendida»,
léase: «de modo que se limiten a sostener las piernas cuando éstas estén extendidas».
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