LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 75/268/CEE del Consejo, de 28 de abril de 1975, sobre la agricultura de montaña y de determinadas zonas desfavorecidas, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 797/85, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,
Considerando que la Directiva 86/466/CEE del Consejo, relativa a la lista comunitaria de zonas agrícolas desfavorecidas con arreglo a la Directiva 75/268/CEE , cuya última modificación la constituye la Directiva 91/465/CEE, describe las regiones españolas recogidas en la lista comunitaria de zonas desfavorecidas tal como se definen en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 3 de la Directiva 75/268/CEE;
Considerando que el Gobierno español ha solicitado, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 2 de la Directiva 75/268/CEE, la modificación de los límites de las zonas desfavorecidas que figuran en los Anexos de la Directiva 86/466/CEE del Consejo y de la Decisión 89/566/CEE de la Comisión, a fin de tener en cuenta las modificaciones administrativas habidas en las zonas en cuestión;
Considerando que la inclusión de nuevos municipios en las listas relativas a las zonas definidas en los apartados 3 y 5 del artículo 3 de la Directiva 75/268/CEE y la transferencia de determinados municipios, ya recogidos en las listas relativas a las zonas definidas en los apartados 4 y 5 del artículo 3 de dicha Directiva, a la lista a las zonas definidas en el apartado 3 del artículo 3 de la citada Directiva cumplen los índices y los valores establecidos en la Directiva 86/466/CEE a efectos de la delimitación de las zonas respectivas;
Considerando que el conjunto de las modificaciones solicitadas por el Gobierno español en virtud del apartado 3 del artículo 2 de la Directiva 75/268/CEE no lleva a ningún aumento de la superficie agrícola útil del conjunto de las zonas desfavorecidas y, por consiguiente, no afecta al límite fijado en el citado artículo;
Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de estructuras agrarias y desarrollo rural,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
La lista de las zonas españolas desfavorecidas que figura en el Anexo de la Directiva 86/466/CEE, modificada por el Anexo de la Decisión 89/566/CEE y por la Directiva 91/465/CEE, de 27 de julio de 1991, se completará con la lista que figura en el Anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España.
Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 1997.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
ANEXO - BILAG - ANHANG - (texto en griego) - ANNEX - ANNEXE - ALLEGATO -
BIJLAGE - ANEXO - LIITE - BILAGA
A. LISTA DE LOS MUNICIPIOS TRANSFERIDOS DE LA LISTA DE LAS ZONAS
DESFAVORECIDAS DE ACUERDO CON EL APARTADO 3 DEL ARTICULO 3 A LA LISTA
APROBADA EN VIRTUD DEL APARTADO 5 DEL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA
75/268/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 01 - ANDALUCIA
Provincia: 04 - Almería
Comarca: 07 - Campo de Dalías
903 Mojonera, La
B. LISTA DE LOS MUNICIPIOS TRANSFERIDOS DE LA LISTA DE LAS ZONAS DESFAVORECIDAS DE ACUERDO CON EL APARTADO 5 DEL ARTICULO 3 A LA LISTA APROBADA EN VIRTUD DEL APARTADO 3 DEL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA 75/268/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 01 - ANDALUCIA
Provincia: 04 - Almería
(*) Comarca: 07 - Campo de Dalías
38 Dalías
C. LISTA DE LOS MUNICIPIOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN LA LISTA DE LAS ZONAS
DESFAVORECIDAS EN VIRTUD DEL APARTADO 3 DEL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA
75/268/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 01 - ANDALUCIA
Provincia: 18 - Granada
(*) Comarca: 01 - De La Vega
913 Zagra
(*) Comarca: 03 - Baza
912 Cuevas del Campo
Provincia: 29 - Málaga
Comarca 03 - Centro Sur o Guadalhorce
901 Torremolinos
COMUNIDAD AUTONOMA: 02 - ARAGON
Provincia: 22 - Huesca
(*) Comarca: 02 - Sobrarbe
114 Gistain
Provincia: 44 - Teruel
Comarca 05 - Hoya de Teruel
115 Galve
175 Orrios
COMUNIDAD AUTONOMA: 07 - CASTIllA Y LEON
Provincia: 05 - Avila
Comarca: 02 - Avila
905 VilIanueva de Avila
Provincia: 37 - Salamanca
Comarca: 06 - Alba de Tormes
24 Aldeavieja de Tormes
139 Fuentes de Béjar
213 Navas de Béjar
Provincia: 40_Segovia
Comarca: 03 - 5egovia
904 Navas de Riofrio
COMUNIDAD AUTONOMA: 08 - CASTILLA-LA MANCHA
Provincia: 16 - Cuenca
(*) Comarca: 04 - 5erranía Baja
17 Almodóvar del Pinar
81 Chumillas
131 Monteagudo de las Salinas
141 Olmeda del Rey
199 Gabaldón
COMUNIDAD AUTóNoMA: l7 - PAIS VASCO
Provincia: 20 - Guipúzcoa
Comarca 01 - Guipúzcoa
90l Mendaro
902 Lasarte-Oria
903 Astigarraga
904 Baliarrín
905 Orendain
906 Altzaga
Provincia: 48 - Vizcaya
Comarca: 01 - Vizcaya
18 Berriatúa
901 Derio (Anteiglesia de)
902 Erandio (Anteiglesia de)
903 Loiu
904 Sondika
90S Zamudio
906 Forua
907 Kortezubi
908 Murueta
909 Nabarniz
9l0 Iurreta
9ll Ajangiz
912 Alonsotegui
D. LISTA DE LOS MUNICIPIOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN LA LISTA DE LAS
ZONAS DESFAVORECIDAS EN VIRTUD DEL APARTADO 4 DEL ARTICULO 3 DE
LA DIRECTIVA 75/268/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 07 - CASTILLA Y LEON
Provincia: 37 - Salamanca
(*) Comarca: 03 - Salamanca
72 Calzada de Don Diego
l42 Galindo y Perahuy
207 Moriscos 278
San Cristóbal de La Cuesta
Provincia: 40 - Segovia
(*) Comarca. 01 Cuéllar
903 Marazoleja
(*) Comarca. 02 - Sepúlveda
905 Cuevas del Provanco
COMUNIDAD AUTONOMA: 08 - CASTILLA-LA MANCHA
Provincia: 13 - Ciudad Real
(*) Comarca: 01 - Montes Norte
901 Robledal
Comarca. 03 - Mancha
902 Ruidera
COMUNIDAD AUTONOMA: 16 - COMUNIDAD VALENCIANA
Provincia: 12 - Castellón
(*) Comarca: 03 - Llanos Centrales
902 San Juan del Moro
E. LISTA DE LOS MUNICIPIOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN LA LISTA DE LAS
ZONAS DESFAVORECIDAS EN VIRTUD DEL APARTADO 5 DEL ARTICULO 3 DE
LA DIRECTIVA 75/268/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 01 - ANDALUCIA
Provincia: 04 - Almería
Comarca 07 - Campo de Dalías
902 Ejido, El
COMUNIDAD AUTONOMA: 04 - BALEARES
Comarca: 03 - Menorca
903 Migjorn Gran (Es)
COMUNIDAD AUTONOMA: 09 - CATALUÑA
Provincia: 43 - Tarragona
Comarca 03 - Baix Ebre
904 L'Aldea
COMUNIDAD AUTONOMA: 13 - MURCIA
Comarca: 06 - Campo de Cartagena
902 Alcázares, Los
F. LISTA DE LOS MUNICIPIOS CLASIFICADOS DE ACUERDO CON EL APARTADO 3 DEL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA 75/268/CEE QUE DESAPARECEN DE LA LISTA QUE FIGURA EN EL ANEXO DE LA DIRECTIVA 86/466/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 08 - CASTILLA-LA MANCHA
Provincia: 16 - Cuenca
(*) Comarca: 04 - Serranía Baja
907 Almodovár de Monterrey
G. LISTA DE LOS MUNICIPIOS CLASIFICADOS DE ACUERDO CON EL APARTADO 3 DEL ARTICULO 3 DE LA DIRECTIVA 75/268/CEE QUE CAMBIAN DE DENOMINACION EN LA LISTA QUE FIGURA EN EL ANEXO DE LA DIRECTIVA 86/466/CEE
COMUNIDAD AUTONOMA: 17 - PAIS VASCO
Provincia: 20 - Guipúzcoa
(*) Comarca: 01 - Guipúzcoa
44 Ikaztegieta
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