(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 31 de 1 de febrero de 1997)
En la página 50, en el Anexo, en la sección I, «Contaminantes de origen agrario», en el punto 1.2, «Otras hortalizas transformadas destinadas al consumo», en la cabecera del cuadro, en la segunda columna:
en lugarde: «(mg NO3/kg de producto fresco)»,
léase: «(mg NO3/kg de producto transformado)».
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