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Documento DOUE-L-1997-81306

Reglamento (CE) nº 1242/97 de la Comisión, de 30 de junio de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 173, de 1 de julio de 1997, páginas 77 a 78 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81306

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT,

Considerando que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, la Comunidad se ha comprometido a abrir contingentes arancelarios para determinados productos en el sector de los huevos y la ovoalbúmina; que conviene por lo tanto establecer las normas de aplicación para estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998;

Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1474/95 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 997/97, se ha previsto la gestión de estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997; que es conveniente prever la gestión de los mismos para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998;

Considerando que es conveniente adaptar la fecha límite de validez de las licencias al período de apertura de los contingentes;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y de los huevos de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) n° 1474/95 quedará modificado como sigue:

1) El artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente:

«Artículo 1

Quedan abiertos, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998, los contingentes arancelarios de importación que figuran en el Anexo I para los grupos de productos y en las condiciones en él establecidas.».

2) El Anexo I se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.

3) El artículo 6 se sustituirá por el texto siguiente:

«Artículo 6

A efectos de la aplicación del apartado 2 del artículo 21 del Reglamento (CEE) n° 3719/88, la validez de los certificados de importación será de 150 días a partir de su fecha de expedición efectiva, que, no obstante, no podrá ser posterior a la fecha en que finalice el período establecido en el artículo 1.

Los certificados de importación expedidos en virtud del presente Reglamento serán intransferibles.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1997.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de junio de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

«ANEXO I

(en toneladas)

Derecho del AAC Contingentes

aplicable-ecus arancelarios

Número Código NC por tonelada en del 1.7.1997

de grupo peso de producto al 30.6.1998

E 1 0407 00 30 152 96 181

E 2 0408 11 80 711

0408 19 81 310

0408 19 89 331 6 463

0408 91 80 687

0408 99 80 176

E 3 3502 11 90 617 10 835 (1)

3502 19 90 83

(1) En equivalentes de huevos con cáscara.

Conversión mediante los tipos de rendimiento a tanto alzado fijados en el Anexo 77 del Reglamento (CEE) n.º 2454/93 (DO n.º L 253 de 11. 10. 1993, p. 1).".

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/06/1997
  • Fecha de publicación: 01/07/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/1997
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 593/2004, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-2004-80585).
  • Fecha de derogación: 20/04/2004
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los arts. 1, 6 y el Anexo I del Reglamento 1474/95, de 28 de junio (Ref. DOUE-L-1995-80802).
  • CITA Reglamento 3719/88, de 16 de noviembre (Ref. DOUE-L-1988-81366).
Materias
  • Certificaciones
  • Contingentes arancelarios
  • Huevos
  • Importaciones
  • Productos alimenticios
  • Productos avícolas

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