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Documento DOUE-L-1997-81935

Reglamento (CE) nº 2016/97 de la Comisión, de 15 de octubre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1098/94, en lo que respecta a las superficies de base regionales aplicables en Alemania.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 284, de 16 de octubre de 1997, páginas 34 a 35 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-81935

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1422/97, y, en particular, su artículo 12,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 1098/94 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 794/97, establece las superficies básicas regionales aplicables en el régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos;

Considerando que, a raíz de una solicitud presentada por Alemania, procede fijar nuevas superficies de base de conformidad con el plan de regionalización de dicho Estado miembro;

Considerando que, por tanto, es necesario modificar el Reglamento (CE) n° 1098/94;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de los cereales, las materias grasas y los forrajes desecados,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo del Reglamento (CE) n° 1098/94, los datos que figuran en la rúbrica «Alemania» se sustituirán por los que figuran en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir de la campaña de comercialización 1997/98.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de octubre de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

(en miles de hectáreas)

Región Todos los cultivos Maíz

«ALEMANIA 10 005,6 (*) 540,3 (*)

Schleswig-Holstein 505,6

Hamburg 5,1

Niedersachsen 1 424,4

Bremen 1,8

Nordrhein-Westfalen 948,3

Rheinland-Pfalz 368,4

Hessen 461,2

Baden-W rttemberg 735,4 122,1

Bayern 1 775,9 418,2

Saarland 36,5

Berlin 2,9

Brandenburg 881,7

Mecklenburg-Vorpommern 901,4

Sachsen 585,7

Sachsen-Anhalt 846,1

Th ringen 525,2

(*) En caso de aplicación del apartado 7 del artículo 2 del Reglamento (CEE) nº 1765/92».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 15/10/1997
  • Fecha de publicación: 16/10/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 17/10/1997
  • Aplicable desde la campaña de comercialización 1997/98.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por.
  • Fecha de derogación: 01/07/2000
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo del Reglamento 1098/94, de 11 de junio (Ref. DOUE-L-1994-80656).
Materias
  • Alemania
  • Explotaciones agrarias

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