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Documento DOUE-L-1998-81275

Reglamento (CE) nº 1472/98 de la Comisión, de 9 de julio de 1998, que modifica el Reglamento (CE) nº 2300/97 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1221/97 del Consejo por el que se establecen las normas generales de aplicación de las medidas destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 194, de 10 de julio de 1998, páginas 8 a 8 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-81275

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1221/97 del Consejo, de 25 de junio de 1997, por el que se establecen las normas generales de aplicación de las medidas destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel (1) y, en particular su artículo 5,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 2300/97 de la Comisión (2), modificado por el Reglamento (CE) n° 758/98 (3), establece las disposiciones necesarias para la aplicación de las medidas destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel;

Considerando que al efectuar esta modificación se adelantó la fecha de comunicación de los programas; que, por consiguiente, conviene modificar también la fecha de aplicación del tipo de conversión agrícola para estos programas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de huevos y carne de ave de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 5 del Reglamento (CE) n° 2300/97 se sustituirá por el texto siguiente:

«Artículo 5

El tipo de conversión agrícola que habrá de aplicarse al importe contemplado en el artículo 3 será el tipo vigente el 1 de mayo del año en que se comunique el programa.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 1998.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO L 173 de 1. 7. 1997, p. 1.

(2) DO L 319 de 21. 11. 1997, p. 4.

(3) DO L 105 de 4. 4. 1998, p. 5.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/07/1998
  • Fecha de publicación: 10/07/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 13/07/1998
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 916/2004, de 29 de abril (Ref. DOUE-L-2004-80993).
  • Fecha de derogación: 01/05/2004
Referencias anteriores
Materias
  • Comercialización
  • Miel
  • Productos alimenticios

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