LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 10,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, su artículo 9,
Considerando lo siguiente:
(1) A raíz de los informes sobre brotes de fiebre aftosa registrados en el Reino Unido, la Comisión adoptó la Decisión 2001/172/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido (4), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/239/CE (5).
(2) Se han declarado brotes de fiebre aftosa en Francia.
(3) La existencia de fiebre aftosa en algunos departamentos de Francia puede poner en peligro las cabañas de otras partes del territorio francés y de otros Estados miembros debido a la comercialización y los intercambios de que son objeto los animales biungulados vivos y algunos de sus productos.
(4) Francia ha adoptado las medidas correspondientes de conformidad con la Directiva 85/511/CEE del Consejo, de 18 de noviembre de 1985, por la que se establecen medidas comunitarias de lucha contra la fiebre aftosa (6), cuya última modificación la constituye el Acta de Adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, además, ha adoptado medidas adicionales en las zonas afectadas, además de las medidas establecidas en la Decisión 2001/172/CE.
(5) Mediante la Decisión 2001/208/CE (7), la Comisión introdujo medidas adicionales de control de la fiebre aftosa en Francia, que fueron modificadas a tenor de la evolución de la enfermedad mediante la Decisión 2001/240/CE (8).
(6) Se han registrado nuevos brotes de fiebre aftosa en algunos departamentos franceses y, por lo tanto, es necesario adaptar las medidas.
(7) Con objeto de completar el estudio epidemiológico, resulta apropiado ampliar y prorrogar temporalmente las medidas introducidas mediante la Decisión 2001/208/CE.
(8) La extensión geográfica de las zonas sujetas a las medidas establecidas en la presente Decisión no debe mantenerse más allá del tiempo que sea necesario en función de circunstancias determinadas objetivamente.
(9) La situación volverá a examinarse en la reunión del Comité veterinario permanente fijada para el día 4 de abril de 2001 y, en caso necesario, se llevará a cabo la adaptación de las medidas.
(10) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2001/208/CE quedará modificada como sigue:
1) La fecha que aparece en el artículo 13 se sustituirá por la de "12 de abril".
2) El texto del artículo 13 bis se sustituye por el siguiente:
"Artículo 13 bis
No obstante, la Comisión modificará esta Decisión con objeto de que las medidas dispuestas en relación con las zonas que figuran en el anexo I puedan limitarse a los departamentos de Seine-et-Marne, Seine-Saint-Denis y Val d'Oise, de que las medidas dispuestas en relación con las zonas que figuran en el anexo II se apliquen a todos los departamentos de Francia continental, excepto los que figuran en el anexo I y que de la fecha indicada en la letra a) del apartado 2 del artículo 2, en las letras a) y c) del apartado 3 del artículo 3, en la letra a) del apartado 2 del artículo 5, en la letra b) del apartado 3 del artículo 5, en el apartado 3 del artículo 6, en el apartado 2 del artículo 7 y en el apartado 1 del artículo 8 se sustituya por la de '25 de febrero de 2001', del siguiente modo:
Si, a partir del 2 de abril de 2001, Francia notifica a la Comisión que:
a) no se han registrado más brotes de fiebre aftosa antes de las 17,00 horas del mismo día, y
b) todos los exámenes clínicos y las pruebas de laboratorio para la detección de la fiebre aftosa efectuados en Francia en animales sensibles:
- en las explotaciones en las que se ha sospechado la presencia de la enfermedad en relación con los brotes confirmados en Francia, los Países Bajos y el Reino Unido en febrero y marzo de 2001, y
- en cada explotación en la que se mantienen animales sensibles y localizada en las zonas de protección y vigilancia establecidas en las zonas relacionadas en el anexo I tras el brote confirmado en marzo de 2001,
han arrojado resultados negativos,
la Comisión informará inmediatamente de ello a todos los Estados miembros y modificará con arreglo a ello la presente Decisión con efecto inmediato. Los Estados miembros adaptarán las condiciones que apliquen al comercio con el fin de adecuarlas a la nueva situación.".
3) En el anexo I, se sustituyen las palabras "Mayenne, Orne" por las palabras "Todos los departamentos de Francia continental".
4) En el anexo II, se sustituyen las palabras "Todos los departamentos de Francia continental excepto los relacionados en el anexo I" por las palabras "Todos los departamentos de Francia continental".
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 29 de marzo de 2001.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.
(3) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.
(4) DO L 62 de 2.3.2001, p. 22.
(5) DO L 86 de 27.3.2001, p. 33.
(6) DO L 315 de 26.11.1985, p. 11.
(7) DO L 73 de 15.3.2001, p. 38.
(8) DO L 86 de 27.3.2001, p. 35.
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