En la página 1, en el artículo 2, en el apartado 2, en el primer guión:
en lugar de: "[...] y definitivamente el 1 de enero de 1993, o, posteriormente a dicha fecha,",
léase: "[...] y definitivamente el 1 de enero de 1993,".
En la página 2, en el artículo 2, en el apartado 2:
- al comienzo del segundo guión:
en lugar de: - por una autoridad competente del Estado miembro [...],
léase: - o, posteriormente a dicha fecha, por una autoridad competente del Estado miembro [...];
- al final del segundo guión:
en lugar de: "[...] de forma regular desde un Estado miembro.",
léase: "[...] de forma lícita desde un Estado miembro.";
- en el párrafo segundo:
en lugar de: "No obstante, el Estado miembro que sea competente en virtud de lo dispuesto en los dos guiones del párrafo primero podrá no solicitar [...]",
léase: "No obstante, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el Estado miembro que sea competente en virtud de lo dispuesto en los dos guiones del primer párrafo podrá no exigir [...]";
- en el cuarto párrafo:
en lugar de: "[...] la autoridad citada en el segundo guión se pondrá en contacto [...]",
léase: "[...] la autoridad citada en el segundo guión del primer párrafo se pondrá en contacto [...]".
En la página 4, en el anexo:
Se suprimirá la nota 2 a pie de página y sus llamadas; la nota 3 a pie de página y sus llamadas pasarán a ser la nota 2.
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