En la página 7, en el Artículo 1, ...
en lugar de:
"entidades de crédito": las entidades definidas en el apartado 1 del artículo 1 de la Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa al acceso a la actividad de crédito y a su ejercicio (1), modificada por la Directiva 2000/28/CE (2); ,
léase:
"entidades de crédito": las entidades definidas en la letra a) del apartado 1 del artículo 1 de la Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (1), modificada por la Directiva 2000/28/CE (2); .
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