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Documento DOUE-L-2002-81434

Decisión de la Comisión, de 31 de julio de 2002, que modifica la Decisión 1999/283/CE relativa a las condiciones zoosanitarias y a la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de carne fresca procedente de determinados países africanos en lo que respecta, en particular, a Botsuana, y que modifica la Decisión 2000/585/CE por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a la importación de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países [notificada con el número C(2002) 2889].

Publicado en:
«DOCE» núm. 211, de 7 de agosto de 2002, páginas 23 a 28 (6 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81434

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1452/2001 del Consejo (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 14,

Vista la Directiva 92/45/CEE del Consejo, de 16 de junio de 1992, sobre problemas sanitarios y de policía sanitaria relativos a la caza de animales silvestres y a la comercialización de carne de caza silvestre (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/79/CE(4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 16,

Vista la Directiva 92/118/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria y sanitarias aplicables a los intercambios y a las importaciones en la Comunidad de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere el capítulo I del anexo A de la Directiva 89/662/CEE y, por lo que se refiere a los patógenos, de la Directiva 90/425/CEE(5), cuya última modificación la constituye la Decisión 1999/724/CE de la Comisión (6), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 10, y sus artículos 15 y 22,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 1999/283/CE de la Comisión (7), cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/219/CE (8), establece las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de carne fresca procedente de determinados países africanos.

(2) La Decisión 2000/585/CE de la Comisión (9), cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/219/CE, establece las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a la importación de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países.

(3) El 7 de febrero de 2002, se registró en Botsuana un brote de fiebre aftosa en la zona autorizada CE número 7 y las autoridades veterinarias competentes de Botsuana suspendieron inmediatamente las exportaciones a la Comunidad Europea de carne fresca deshuesada de animales de las especies bovina, ovina y caprina y ungulados silvestres y ungulados de cría procedente de todo el país.

(4) Las autoridades veterinarias competentes han facilitado información y ofrecido garantías en relación con la regionalización de las zonas 10, 11, 12, 13 y 14 de Botsuana que fueron autorizadas para importar en la Comunidad carne fresca deshuesada de animales de las especies bovina, ovina y caprina y ungulados silvestres y ungulados de cría mediante la Decisión 2002/219/CE.

(5) Según lo establecido en la Directiva 72/462/CEE, un tercer país podrá considerarse libre de fiebre aftosa al menos dos años incluso en el caso de que se hayan registrado un número limitado de brotes de la enfermedad, en una parte limitada de su territorio, siempre que éstos se hayan erradicado en un período de tiempo inferior a tres meses.

(6) Botsuana ha aplicado vacunaciones supresoras con el consiguiente sacrificio de animales vacunados y no se han registrado más brotes.

(7) Por esa razón, existen garantías suficientes para proceder a una nueva regionalización de Botsuana y para permitir la importación de carne deshuesada de animales de las especies bovina, ovina y caprina y de ungulados silvestres y de cría procedentes de las zonas 5, 6, 7, 8, 9 y 18.

(8) Deben modificarse en consecuencia las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE.

(9) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. El anexo II de la Decisión 1999/283/CE se sustituirá por el anexo I de la presente Decisión.

2. La nota 5 del certificado zoosanitario A recogido en el anexo III de la Decisión 1999/283/CE se sustituirá por el texto siguiente: "En el caso de Botsuana y hasta el 8 de febrero de 2003, no obstante la confirmación, en febrero de 2002, de focos de fiebre aftosa en la 'zona indemne CE' de Botsuana, esa parte del país podrá considerarse que ha permanecido libre de fiebre aftosa sin vacunación durante un mínimo de 12 meses".

Artículo 2

1. El anexo II de la Decisión 2000/585/CE se sustituirá por el anexo II de la presente Decisión.

2. La nota 8 del certificado zoosanitario A y de la nota 7 del certificado F, recogidos en el anexo III de la Decisión 2000/585/CE, se sustituirá por el texto siguiente: "Deberá incluirse el número de versión a que se refiere la correspondiente y presente Decisión para la carne fresca de las correspondientes especies domésticas susceptibles. Además, en el caso de Botsuana y hasta el 8 de febrero de 2003, no obstante la confirmación, en febrero de 2002, de focos de fiebre aftosa en la 'zona indemne CE' de Botsuana, esa parte del país podrá considerarse que ha permanecido libre de fiebre aftosa sin vacunación durante un mínimo de 12 meses".

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 31 de julio de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28.

(2) DO L 198 de 21.7.2001, p. 11.

(3) DO L 268 de 14.9.1992, p. 35.

(4) DO L 24 de 30.1.1998, p. 31.

(5) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(6) DO L 290 de 12.11.1999, p. 32.

(7) DO L 110 de 28.4.1999, p. 16.

(8) DO L 72 de 14.3.2002, p. 32.

(9) DO L 251 de 6.10.2000, p. 1.

ANEXO I

"ANEXO II

MODELOS DE CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EXIGIDOS

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 25

ANEXO II

"ANEXO II

Garantías zoosanitarias exigidas en los certificados de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 26 A 28

Nota

(y) La carne procedente de animales sacrificados posteriormente al 7 de julio de 2002 puede ser importada en la Comunidad.

(x) La carne procedente de animales sacrificados posteriormente al 7 de marzo de 2002 puede ser importada en la Comunidad."

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 31/07/2002
  • Fecha de publicación: 07/08/2002
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
Materias
  • Carnes
  • Caza
  • Certificaciones
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Importaciones
  • Sanidad veterinaria

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