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Documento DOUE-L-2003-80152

Reglamento (CE) nº 208/2003 de la Comisión, de 3 de febrero de 2003, por el que se modifica por segunda vez el Reglamento (CE) nº 2465/96 del Consejo relativo a la interrupción de las relaciones económicas y financieras entre la Comunidad Europea e Iraq.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 28, de 4 de febrero de 2003, páginas 26 a 29 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-80152

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2465/96 del Consejo, de 17 de diciembre de 1996, relativo a la interrupción de las relaciones económicas y financieras entre la Comunidad Europea e Iraq (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1346/2002 (2) y, en particular, el último párrafo de su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Reglamento (CE) n° 2465/96 contiene un formulario titulado "Notification or Request to Ship Goods to Iraq" (Notificación o petición de envío de mercancías a Iraq), que deberá ser rellenado por las partes interesadas cuando deban notificarse exportaciones a Iraq al Comité establecido en virtud de la Resolución 661(1990) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, cuando deban presentarse a dicho Comité solicitudes de aprobación de exportaciones a Iraq y cuando deban presentarse solicitudes de pago respecto a exportaciones a Iraq a la Oficina del Programa para Iraq (OIP) de la Secretaría General de las Naciones Unidas.

(2) El 30 de diciembre de 2002, el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 1454(2002), que incluye un formulario modificado titulado "Notification or Request to Ship Goods to Iraq"; por consiguiente, el anexo II debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (CE) n° 2465/96 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2003.

Por la Comisión

Christopher Patten

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO L 337 de 27.12.1996, p. 1.

(2) DO L 197 de 26.7.2002, p. 1.

ANEXO

"ANEXO II

IMAGEN OMITIDA EN PÁGINAS 27 A 29

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 03/02/2003
  • Fecha de publicación: 04/02/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 04/02/2003
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 1210/2003, de 7 de julio (Ref. DOUE-L-2003-81042).
  • Fecha de derogación: 09/07/2003
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo II del Reglamento 2465/96, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-1996-82245).
Materias
  • Exportaciones
  • Formularios administrativos
  • Irak
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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