LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo de Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 53,
Considerando lo siguiente:
(1) Se han producido determinados errores en las versiones inglesa y neerlandesa del Reglamento (CE) no 2603/1999de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2055/2001 (3). Procede pues introducir en las mencionadas versiones las correcciones necesarias.
(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de estructuras agrarias y desarrollo rural.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 2603/1999 quedará corregido como sigue:
1) Sólo afecta a la versión neerlandesa.
2) Sólo afecta a la versión inglesa.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable con efectos a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento (CE) no 2603/1999.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable encada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de marzo de 2003.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 80.
(2) DO L 316 de 10.12.1999, p. 26.
(3) DO L 277 de 20.10.2001, p. 12.
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