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Documento DOUE-L-2003-81118

Decisión de la Comisión, de 22 de julio de 2003, por la que se modifica la Decisión 2003/218/CE en lo que atañe a la protección y vigilancia en relación con la fiebre catarral ovina in Italia [notificada con el número C(2003) 2601].

Publicado en:
«DOUE» núm. 184, de 23 de julio de 2003, páginas 40 a 41 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-81118

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2000/75/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban disposiciones específicas relativas a las medidas de lucha y erradicación de la fiebre catarral ovina (1), y, en particular, la letra d) del apartado 2 de su artículo 8, la letra c) del apartado 1 de su artículo 9 y el párrafo primero de su artículo 12,

Considerando lo siguiente:

A la luz de la evolución de la situación existente en 2003 en relación con la fiebre catarral ovina, se adoptó la Decisión 2003/218/CE de la Comisión, de 27 de marzo de 2003, relativa a las zonas de protección y vigilancia en relación con la fiebre catarral ovina y las normas aplicables a los traslados de animales en esas zonas y a partir de las mismas, y por la que se deroga la Decisión 2001/783/CE (2). Dicha Decisión prevé la creación de zonas en función del menor (sección 1 del anexo I A, I B y I C) o mayor (sección 2 del anexo I A, I B y I C) nivel de riesgo observado. En vista de la situación epidemiológica y de los factores medioambientales, es necesario demarcar, con arreglo al procedimiento mencionado en la letra d) del apartado 2 del artículo 8, la totalidad de las zonas en las que vayan a crearse zonas de protección y vigilancia en cada Estado miembro, estableciendo al mismo tiempo las condiciones aplicables a los traslados de animales que supongan una excepción a las restricciones aplicables con arreglo al mayor o menor nivel de riesgo observado.

(2) En lo que atañe a Italia, el programa de vigilancia ha demostrado casos de seroconversión en las provincias de Campobasso y Chieti, lo que indica la presencia del virus de la fiebre catarral ovina.

(3) Ambas provincias deben añadirse por lo tanto a las zonas de protección y vigilancia en Italia.

(4) En vista del nivel de propagación del virus y de la cobertura de vacunación en las provincias de Campobasso y Chieti, ambas deben considerarse zonas de bajo riesgo y añadirse en la sección 1 del anexo I B de la Decisión 2003/218/CE.

(5) La Decisión 2003/218/CE debe modificarse en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2003/218/CE se sustituirá por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 12 de agosto de 2003.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO L 327 de 22.12.2002, p. 74.

(2) DO L 82 de 29.3.2003, p. 35.

ANEXO

ANEXO I

(zonas de protección y vigilancia)

ANEXO I A

Sección 1

Sicilia: Catania, Enna, Messina.

Basilicata: Matera, Potenza.

Puglia: Brindisi, Foggia.

Sección 2

Sicilia: Agrigento, Caltanisetta, Palermo, Ragusa, Siracusa, Trapani.

Calabria: Catanzaro, Cosenza, Crotone, Reggio Calabria, Vibo Valentia.

Puglia: Bari, Lecce, Taranto.

Campania: Avellino, Benevento, Caserta, Napoli, Salerno.

ANEXO I B

Sección 1

Francia:

Corse du sud, Haute Corse.

Italia:

Sardegna: Cagliari, Nuoro, Sassari, Oristano.

Lazio: Viterbo, Roma.

Toscana: Grosseto, Livorno, Pisa, Massa-Carrara.

Molise: Isernia, Campobasso.

Abruzzo: l'Aquila, Chieti.

Sección 2

Lazio: Latina, Frosinone.

ANEXO I C

Sección 1: todo el territorio griego, a excepción de las prefecturas enumeradas en la sección 2.

Sección 2: las prefecturas de Dodecaneso, Samos, Quíos y Lesbos.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/07/2003
  • Fecha de publicación: 23/07/2003
  • Aplicable desde el 12 de agosto de 2003.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo I de la Decisión 2003/218, de 27 de marzo (Ref. DOUE-L-2003-80486).
Materias
  • Enfermedad animal
  • Ganado ovino
  • Italia
  • Sanidad veterinaria

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