EL COMITÉ,
Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo de la evaluación de la conformidad ("el Acuerdo"), firmado el 21 de junio de 1999, y, en particular, la letra a) del apartado 4 de su artículo 10 y su artículo 11,
Considerando que el Acuerdo entró en vigor el 1 de junio de 2002,
Considerando que el Comité ha de decidir la inclusión de los organismos de evaluación de la conformidad en las listas de los capítulos correspondientes a los sectores de productos que figuran en el anexo I del Acuerdo.
DECIDE:
1. El organismo de evaluación de la conformidad que figura en el apéndice A se añadirá a la lista de organismos europeos de evaluación de la conformidad en el capítulo de productos sanitarios del anexo I del Acuerdo.
2. La presente Decisión, hecha por duplicado, deberá ser firmada por los copresidentes del Comité o las personas facultadas por las Partes para actuar en su nombre. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de aquélla de estas firmas que sea posterior.
Firmado en Berna, el 17 de septiembre de 2003.
En nombre de la Confederación Suiza
Heinz Hertig
Firmado en Bruselas, el 2 de septiembre de 2003.
En nombre de la Comunidad Europea
Joanna Kioussi
Apéndice A
Organismo de evaluación de la conformidad de la Unión Europea que se añade a la lista de organismos de evaluación de la conformidad reconocidos en el capítulo de productos sanitarios del anexo I del Acuerdo
SATRA Quality Assurance Ltd
SATRA House
Rockinham Road
Kettering Northamptonshire
NN16 9JH
United Kingdom
Tel.: (44) 1536 41 00 00
Fax: (44) 1536 52 37 51
Directiva 93/42/CEE (productos sanitarios)
Responsable para los siguientes productos: preservativos masculinos de clase IIb (anexo IV).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid