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Documento DOUE-L-2004-82222

Reglamento (CE) nº 1580/2004 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 872/2004 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas adicionales contra Liberia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 289, de 10 de septiembre de 2004, páginas 4 a 5 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-82222

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 872/2004 del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la adopción de medidas restrictivas adicionales contra Liberia (1) y, en particular, la letra a) de su artículo 11,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 872/2004 figura la lista de las personas físicas y jurídicas, los organismos y las entidades a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme a dicho Reglamento.

(2) Los días 25 y 26 de agosto de 2004, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales debe aplicarse el bloqueo de capitales y recursos económicos. Por consiguiente, el anexo I debe modificarse en consecuencia.

(3) El presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente, a fin de que las medidas que en él se disponen sean efectivas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 872/2004 quedará modificado de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de septiembre de 2004.

Por la Comisión

Christopher PATTEN

Miembro de la Comisión

________________________

(1) DO L 162 de 30.4.2004, p. 32; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1478/2004 de la Comisión (DO L 271 de 19.8.2004, p. 36).

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) no 872/2004 quedará modificado como sigue:

1) Se añadirán las personas físicas siguientes:

a) Martin George. Otros datos: Embajador de Liberia en la República Federal de Nigeria.

b) Grace Beatrice Minor. Fecha de nacimiento: 31 de mayo de 1942.

c) Edwin Snowe. Otros datos: Director Gerente de la Liberian Petroleum and Refining Corporation (LPRC).

2) El apartado «Jewell Howard Taylor. Fecha de nacimiento: 17 de enero de 1963. Otros datos: esposa del anterior Presidente Charles Taylor» se sustituye por lo siguiente:

Jewell Howard Taylor. Fecha de nacimiento: 17 de enero de 1963. Número de pasaporte: D/003835-04 (4/6/043/6/06). Otros datos: esposa del anterior Presidente Charles Taylor.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 08/09/2004
  • Fecha de publicación: 10/09/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 10/09/2004
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2015/1776, de 5 de octubre (Ref. DOUE-L-2015-82026).
  • Fecha de derogación: 07/10/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 872/2004, de 29 de abril (Ref. DOUE-L-2004-80965).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Liberia
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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