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Documento DOUE-L-2005-80215

Decisión nº 1/2005 del Comité mixto CE-Suiza, de 1 de febrero de 2005, por la que se sustituyen los cuadros III y IV b) del Protocolo nº 2.

Publicado en:
«DOUE» núm. 29, de 2 de febrero de 2005, páginas 42 a 44 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80215

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza firmado en Bruselas el 22 de julio de 1972 (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), modificado por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza por el que se modifica el Acuerdo en lo que se refiere a las disposiciones aplicables a los productos agrícolas transformados, firmado en Luxemburgo el 26 de octubre de 2004, y su Protocolo no 2, y, en particular, su artículo 7,

(1) Considerando que, para aplicar el Protocolo no 2 del Acuerdo, el Comité mixto fija precios de referencia internos para las Partes contratantes;

(2) Considerando que los precios reales han variado en los mercados interiores de las Partes Contratantes en lo que respecta a las materias primas a las que se aplican medidas de compensación de precio;

(3) Considerando que es necesario, por tanto, actualizar en consecuencia los precios de referencia y los importes que figuran en los cuadros III y IV b) del Protocolo no 2;

(4) Considerando que la presente Decisión debería entrar en vigor en la fecha en que se haga efectiva la aplicación provisional del Acuerdo modificado firmado el 26 de octubre de 2004, es decir, el primer día del cuarto mes siguiente a la fecha de la firma, siempre que en la misma fecha se adopten las medidas de aplicación tal como se definen en el apartado 4 del artículo 5 del Protocolo no 2.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El cuadro III y el cuadro que figura bajo la letra b) del cuadro IV del Protocolo no 2 se sustituirán por los cuadros que figuran en el anexo I y el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 2005.

Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2005.

Por el Comité mixto

El Presidente

Richard WRIGHT

ANEXO I

«CUADRO III

Precios de referencia interiores de la CE y Suiza

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 43

ANEXO II

«CUADRO IV

b) Importes de base de materias primas agrícolas que se tienen en cuenta para el cálculo de los elementos agrícolas:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 44

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/02/2005
  • Fecha de publicación: 02/02/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/2005
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Protocolo nº 2 del Acuerdo de 26 de octubre de 2004 (Ref. DOUE-L-2005-80076).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Importaciones
  • Precios
  • Productos agrícolas
  • Suiza

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